Cuatro partidos por un empujón
El Comité de Competición sanciona como agresión a El Arabi (Granada) y Ramis (Levante) por una nimia discusión entre ambos
En el encuentro entre el Levante-Granada disputado el pasado lunes en el Ciutat de València (2-1), a Álvarez Izquierdo, el árbitro, se le fue la mano en las sanciones de los jugadores de ambos equipos. Nueve cartulinas amarillas (incluyendo la que también vio el entrenador granota) y tres rojas mostró el colegiado catalán en un encuentro tenso, por lo que se jugaban ambos equipos sumidos en la cola de la clasificación, pero para nada antideportivo.
En el minuto 73, Colunga fue expulsado con roja por zancadillear de manera premeditada y sin maldad a David Barral, con la intención de cortar el inicio del avance levantinista en el centro del campo. El propio Barral declaró tras el partido que la acción de Colunga “no fue gran cosa”. Seis minutos después, de nuevo Álvarez Izquierdo volvió a desenfundar la tarjeta roja, esta vez por partida doble, por una discusión entre el futbolista del Granada, El Arabi y el del Levante, Ramis, en la que se empujaron mutuamente.
Adrián Colunga se lleva dos partidos al aplicársele el mismo criterio que a Cristiano ante el Córdoba
En el acta del encuentro el árbitro reflejó que expulsó a El Arabi e Iván Ramis por “discutir con un contrario empujándose reiteradamente, estando el juego detenido”. Con tal descripción de los hechos el Comité de Competición ha aplicado el artículo 98 del Código Disciplinario en su primer apartado: "Agredir a otro, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento doloso, necesario en esta infracción, la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos". Tanto el Levante como el Granada piensan recurrir las sanciones a sus jugadores ateniéndose en la disparidad entre el acta redactada por el colegiado, en la que se especifica que hubo empujones, no así agresión, y las sanciones recibidas. Las imágenes del encuentro así lo atestiguan. El comité sancionador ha obviado las alegaciones al acta presentadas por los servicios jurídicos de ambos clubes.
El incidente entre Ramis y El Arabi. / LA LIGA
En cuanto al castigo a Adrián Colunga el Comité de Competición ha establecido la sanción de dos partidos al delantero del Granada aplicándole el artículo sancionador 123. "Producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas, se sancionará con suspensión de de dos a tres partidos o por un tiempo de un mes". Sin embargo, el Comité Disciplinario ha aplicado el apartado segundo del artículo 123 que reza lo siguiente: "Si la acción descrita en el párrafo anterior se produjera al margen del juego o estando detenido, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos, si perjuicio de lo establecido en el artículo 98 del presente Código". En el acta del partido, Álvarez Izquierdo expuso "Colunga Pérez, Adrián, fue expulsado por dar una patada al contrario derribándole, no estando el balón a distancia de ser jugado".
La sanción de dos partidos para Colunga es la misma que el Comité de Competición estimó para Cristiano Ronaldo en la jornada 20 de Liga. El delantero portugués lanzó una patada al defensa del Córdoba Edimar, una agresión en toda regla, estando detenido el juego. El colegiado del encuentro, Hernández Hernández, reflejó en el acta que expulsó a CR7 por "dar una patada a un adversario sin estar el balón a distancia de ser jugado". El acta suavizada del árbitro, que no interpretó agresión de Cristiano Ronaldo, rebajó el castigo al portugués. El mismo que ha recibido Colunga por una acción en ningún caso comparable.
La acción en la que Colunga ve la tarjeta roja. / LA LIGA
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