La Audiencia Nacional confirma la suspensión de dos años a Gurpegi por dopaje
El Athletic Club, en un primer análisis, ya ha manifestado su absoluta disconformidad
La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por el futbolista Carlos Gurpegi contra la sanción que se le impuso por presunto dopaje y le ha confirmado, por tanto, la suspensión de licencia federativa por dos años. La Audiencia ha notificado a las 11.00 horas de hoy a Gurpegi la sentencia, que resuelve el recurso de apelación.
El Athletic Club, en su análisis inicial de la sentencia, ha manifestado en su página web, "sin perjuicio de respetarla, su absoluta disconformidad con la decisión y la argumentación que conduce a ella". El club bilbaíno añade que la sentencia no tiene "en cuenta las abundantes razones -tanto científicas como procedimentales-y elementos de prueba irrefutables que abonan la inocencia de Carlos Gurpegi, por la que el club sigue apostando de la manera más decidida y firme".
El Athletic también ha anunciado que hará un "análisis detallado" de la sentencia y que "los abogados estudiarán los medios y vías de recurso, en el intento de agotar todas las posibilidades de defensa".
El club ha avanzado que mañana martes 1 de agosto habrá una rueda de prensa con los protagonistas, en lugar y hora a determinar. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Tercera), órgano emisor de la sentencia, advierte, por su parte, de que "la sentencia es definitiva y no cabe contra la misma recurso ordinario de casación ante el Tribunal Supremo".
Sanción "proporcionada"
La Sala "considera probado, a la vista de la documentación obrante en el expediente administrativo y en las actuaciones judiciales, que el control de dopaje practicado al recurrente (Gurpegi) por el Laboratorio de Control de Dopaje del CSD dio como resultado una concentración de 19-NA de 9,8 ng./ml. (y 9,5 ng./ml. en el contraanálisis)".
Además, "en el primer análisis de las pruebas del recurrente apareció un segundo metabolito, la ''19-Noretiocolanolano''". La sentencia advierte igualmente, que "según los informes técnicos de la Administración y de la Agencia Mundial Antidopaje, la superación del límite 2 ng./ml. presupone el consumo de la sustancia prohibida Nandrolona, positividad que se refuerza por la aparición del segundo metabolito".
La sentencia concluye que "habiendo quedado acreditado que el recurrente tomó la sustancia prohibida, no ofrece dudas su culpabilidad, sin que se hayan alegado o probado circunstancias que pudieran determinar la exclusión o atenuación de la misma".
También añade que "la sanción de suspensión de licencia federativa por dos años se ajustó a la norma aplicable, que no está sujeta a un margen de discrecionalidad que permita su graduación, y debe considerarse proporcionada, en atención a la gravedad de la infracción y a las circunstancias concurrentes en el supuesto enjuiciado".
Potenciar los músculos
Gurpegi dio positivo en el control antidopaje al que se sometió tras el primer partido de la liga 2002-2003, disputado por el Athletic en Anoeta ante la Real Sociedad y fue suspendido por dos años, aunque todavía no ha cumplido la sanción.
La sustancia detectada en la orina del jugador fue 19-norandrosterona, que es un metabolito de la nandrolona, esteroide anabolizante con las mismas propiedades de la testosterona. Su finalidad es incrementar la síntesis de proteínas y potenciar la masa muscular, lo que permite acortar los plazos naturales de recuperación del deportista.
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