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La Comunidad de Madrid permite a los colegios prohibir el velo islámico

El presidente de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, muestra su desacuerdo ante el Defensor del Pueblo

 Najwa Malha en 2010, cuando su instituto le prohibió acudir a clase con ‘hiyab’.
Najwa Malha en 2010, cuando su instituto le prohibió acudir a clase con ‘hiyab’. SAMUEL SÁNCHEZ

Los colegios tendrán la potestad de decidir qué hacer con la vestimenta de sus alumnos. La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid ha indicado que los colegios pueden regular la vestimenta de los alumnos y establecer la obligación de llevar la cabeza descubierta, también para las alumnas con velo islámico, en una respuesta al Defensor del Pueblo, que le preguntó sobre las normas acerca de esta prenda.

El presidente de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, envió una carta a la directora de Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia, con copia al Defensor del Pueblo, en la que mostraba su desacuerdo por prohibir a una alumna en un instituto de Secundaria de Madrid llevar velo islámico.

Tras la recepción de dicha comunicación, el Defensor del Pueblo informó al presidente de la Comisión Islámica de España de que habían solicitado en fechas recientes el criterio de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid a este respecto. El Defensor del Pueblo explica en un escrito que la Consejería de Educación respondió que no existe una "regulación específica sobre el uso del velo islámico" en el colegio o instituto pero que "en el ejercicio de la autonomía organizativa" reconocida en la Ley Orgánica de Educación (LOE), "cabe la posibilidad de que los centros educativos regulen la vestimenta de los alumnos".

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Entre estas normas de conducta establecidas en el Reglamento de Régimen Interno del centro, según precisa, puede contemplarse la "obligación de que los estudiantes permanezcan con la cabeza descubierta para evitar que se impida o dificulte su identificación".

Según indica el Defensor del Pueblo, la Consejería de Educación añade que "en España existen precedentes judiciales que admiten la prohibición del velo islámico en el ámbito educativo como una norma de convivencia interna, en la medida en que la misma no vulnera la dignidad de la alumna ni constituye tampoco una injerencia en su libertad religiosa, siempre que se halle prevista en el Reglamento de Régimen Interno del centro y sea aplicable por igual a todos los alumnos del mismo".

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Por su parte, el presidente de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, propone reformar el Reglamento de Régimen Interno de los centros que contemplen normas que prohíban llevar cubierta la cabeza durante la jornada lectiva.

El Defensor del Pueblo ha trasladado a Riay Tatary el criterio de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, con independencia del criterio que sostenga la dirección general de Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia.

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