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Condenado un hombre a 15 años de cárcel por matar a su exmujer sin que se haya hallado el cadáver

El acusado también debe pagar una indemnización de 228.000 euros a las dos hijas, a la madre y a tres hermanos de la víctima

Furgones de policías nacionales y Mossos, en la fachada posterior del Palacio de Justicia, sede del TSJC, el pasado octubre.
Furgones de policías nacionales y Mossos, en la fachada posterior del Palacio de Justicia, sede del TSJC, el pasado octubre.JOAN SÁNCHEZ

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado este martes la pena de 15 años de cárcel que un jurado popular le impuso a Mohamed T., acusado de matar a su exmujer en Mataró, en la provincia de Barcelona, y de haberse deshecho de su cuerpo, que todavía no ha sido encontrado. El alto tribunal también ha fallado que el acusado debe pagar una indemnización de 228.000 euros a las dos hijas, a la madre y a tres hermanos de la víctima.

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En la sentencia, el alto tribunal ha considerado que las pruebas indiciarias demuestran que Mohamed T. citó en su casa a su exmujer, donde "premeditadamente" la mató y, días más tarde, se desplazó hasta la localidad de Dosrius, también en Barcelona, donde poseía una finca, para deshacerse del cadáver.

El acusado y su exmujer estuvieron casados durante 20 años y tuvieron dos hijas, que en el momento de la muerte de su madre eran menores de edad. En 2014, la víctima decidió separase de Mohamed T. y, durante los tres meses previos a su muerte, el acusado se dedicó a "acosarla" y a "amenazarla" con el propósito de continuar con su relación, según relataron los familiares de la víctima que testificaron en el juicio.

El jurado consideró probado que, con algún pretexto, el acusado citó a la víctima en el antiguo domicilio familiar para verse a solas y, en el transcurso del encuentro, Mohamed T. la mató "de una forma violenta", de la que no se han podido conocer los detalles porque en los siguientes días "hizo desaparecer su cuerpo y limpió el escenario del delito". Los miembros del jurado consideraron que se trataba de una "acción planificada" porque el acusado facilitó una excusa para ausentarse de su trabajo y después llamó a su exmujer, según demuestran los registros telefónicos, para citarla en su casa.

El TSJC ha desestimado el recurso en el que el acusado cuestionaba la calidad de los indicios por los que se le condena, sin la aparición del cadáver o de elementos biológicos relacionados con el mismo, así como por la inexistencia de testigos presenciales de la muerte de la víctima.

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