El Supremo tumba una macrourbanización de 1.302 viviendas en Sanxenxo
El tribunal reprocha al Ayuntamiento que negase "el efecto adverso sobre el paisaje” de un proyecto promovido por una empresa vinculada a Juan Cotino (PP), procesado por la Gürtel
Los últimos gobiernos de Sanxenxo desde 2009 no levantan cabeza en los tribunales, acumulando el coste de las sentencias que desde entonces han ido perdiendo por errores urbanísticos. El Tribunal Supremo ha dado otro varapalo al gobierno local, tumbando la macrourbanización de Monte Faro, otro de los planes estrella de los últimos alcaldes del PP, y condenándole a pagar las costas del proceso. La promotora del complejo está vinculada al grupo empresarial de la familia de Juan Cotino, el exvicepresidente de la Generalitat Valenciana que será juzgado dentro de una pieza separada de la trama Gürtel con una petición de 11 años de cárcel.
La Sala III ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza Galicia del pasado año que anuló el acuerdo plenario del 28 de julio de 2009 de la corporación de Sanxenxo por el que se aprobó el Plan Parcial que preveía la construcción de 1.302 viviendas en una zona no urbanizable, estimando así la denuncia del Colectivo Ecoloxista do Salnés y rechazando el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento.
Aquel acuerdo del pleno municipal también ratificaba el texto definitivo del convenio urbanístico suscrito por el Ayuntamiento y la sociedad promotora Mirador de Sanxenxo, SL, firma integrada en Sedesa, propiedad de la familia del político popular Juan Cotino, y que quedó igualmente anulado en la sentencia por considerar la urbanización contraria a derecho.
El Supremo incide (por encima de otros aspectos legales y urbanísticos contemplados en la memoria ambiental y analizados en la sentencia), en los relativos a la protección del paisaje y que, según el tribunal, han sido determinantes para invalidar el Plan Parcial del Monte Faro.
El hecho de que el Ayuntamiento de Sanxenxo haya prescindido por completo del valor medioambiental de la zona y de su interés forestal y paisajístico resulta “puramente negativo y de mera desatención a lo ordenado” en las leyes autonómicas, señala el fallo contra el que no cabe recurso.
También considera “inaceptable” el tribunal que el Ayuntamiento, para llenarse de argumentos, califique sus propias soluciones ambientales como mejores a las que ya se contemplaban en la memoria del proyecto, tesis que solo tienen como único objetivo “mantener a todo trance” la ejecución de la macrourbanización.
El proyecto urbanístico en el también llamado suelo urbanizable 14 de Sanxenxo fue paralizado tras la sentencia del alto tribunal gallego y solo podría ser recuperado si los actuales propietarios consiguen legalizar un nuevo plan especial para la zona y menos agresivo con el paisaje.
El ahora anulado pretendía transformar la cima del Monte Faro y dos de sus laderas forestales en una zona urbanizable para bloques de viviendas unifamiliares, de tal forma que sus valles se transformarían en un parque natural con varios equipamientos educativos y culturales. La denuncia de los ecologistas frenó los planes de políticos y promotores en un momento crítico, cuando la gestión urbanística municipal saltó por los aires con varias investigaciones judiciales que desembocaron en el cierre de la Xerencia de Urbanismo en 2014.
El Colectivo Ecologista do Salnés presentó alegaciones a este Plan Parcial y a su informe de Sostenibilidad Ambiental, que acabó en un contencioso de seis años, al considerarlo muy impreciso en cuanto a los porcentajes de consumo de suelo, energético, agua, depuración o transporte privado, y respecto al cálculo de la demanda social de nuevas viviendas que en aquellos momentos había en el municipio.
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