Declaradas culpables las dos acusadas de matar a golpes a un jubilado
El jurado considera probado por unanimidad que Albertina Táboas planeó el asesinato para quedarse con la herencia de la víctima y que Rocío Gondar fue su cómplice
Las acusadas Albertina Táboas y Rocío Gondar fueron declaradas este lunes culpables de asesinato por unanimidad de los nueve miembros del jurado popular que las consideró ejecutoras del brutal crimen del jubilado Secundino Prego, de 85 años, ocurrido a las puertas de su casa de Chancelas (Pontevedra) en febrero de 2014, y cuyo móvil fue el dinero.
Tras el fin de semana de reflexión, el jurado se reunió a deliberar toda la jornada de ayer para emitir su veredicto pasadas las 10 de la noche por la que ambas acusadas serán condenadas. La fiscalía pide una pena de 20 años para cada una mientras el abogado de la familia de la víctima la eleva a 25.
El dictamen no deja margen de error al escrito de acusación de la Fiscalía o al trabajo de investigación de la Policía Judicial, y concluye que ambas acusadas participaron en el ataque a la víctima a la que dieron muerte golpeándola repetidas veces con una cazuela, una piedra y el propio bastón que empleaba para caminar.
Para el tribunal popular, fue la enfermera Albertina Táboas la autora intelectual de la muerte de Secundino Prego con el único fin de quedarse con su herencia, la cual había puesto a su nombre unos días antes del asesinato a cambio de que fuese su cuidadora y viviese con él. Y lo planeó rápido, señala el jurado, por temor a que el anciano –viudo y con dos hijos- cambiara de opinión y revocara el testamento.
Táboas le ofreció dinero a su cómplice Rocío Gondar, unos 5.000 euros, para que le ayudara en la ejecución del plan, por lo que fingió ante Secundino que la contrataba para que le ayudase en las tareas de la casa. Se declaró probado que ambas acusadas lo asaltaron de “forma súbita” y sin posibilidad de que la víctima pudiese defenderse cuando regresaba de noche a su casa. “Un lugar oscuro y solitario”, señala el veredicto, y después de atarlo le golpearon "repetidas veces", causándole múltiples fracturas craneales.
Las conclusiones forenses son el único punto que hizo dudar al tribunal y consideró no probado por siete votos a favor que Secundino Prego hubiese recibido 18 golpes, la mayoría estando todavía con vida, por lo que su muerte se hubiese producido tras un gran sufrimiento para la víctima.
El tribunal no ha dado ninguna credibilidad a las declaraciones que ambas acusadas hicieron el primer día del juicio y cree que el estado mental de ambas era normal cuando cometieron el crimen. Por tanto, no han tenido en cuenta la coartada de Albertina, que alegó una grave enfermedad cuyo tratamiento le provocaba amnesia, o el miedo insuperable hacia ella que mencionó Rocío, quien afirmó que golpeó a la víctima bajo amenazas y coacciones de la enfermera.
Sin embargo el jurado plantea a la Audiencia de Pontevedra, que ahora redactará la sentencia, la posibilidad de que puede aplicarse en el caso de Rocío Gondar la atenuante de confesión al reconocer los hechos y arrepentirse de ello a los pocos días de participar en el crimen, tras ser detenida por la Guardia Civil.
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