Absuelto el matrimonio acusado de la muerte del padre de ella por abandono
El anciano fue encontrado por el médico en "condiciones higiénicas deplorables" El jurado dice que se abandonó su cuidado pero no ve relación causal con el fallecimiento
La Audiencia Provincial de Castellón ha absuelto del delito de homicidio por omisión al matrimonio acusado de haber desatendido al padre de ella que estaba al cuidado de ambos y que falleció. La sección segunda de la Audiencia ha fallado así en concordancia a lo acordado previamente por el jurado, que consideró a la mujer no culpable de los hechos de los que se la acusaban, así como al hombre, sobre el cual el fiscal ya había retirado la acusación.
La mujer se enfrentaba a una pena de cuatro años de prisión y el fiscal, en su escrito, relataba que la pareja, que residía en Peñíscola, convivía con el padre de ella, el cual padecía diferentes dolencias y había sufrido años atrás un trombosis cerebral. El anciano era una persona dependiente y el matrimonio era el que se debía ocupar de él, pese a lo cual, según el fiscal, "dejaron de prestar la más mínima atención a las necesidades básicas".
El hombre fue encontrado por el médico de cabecera en "condiciones higiénicas deplorables" y con diversas úlceras, heridas y otras patologías que le hicieron ingresarlo en el hospital donde falleció. Tras la celebración del juicio oral, el jurado se pronunció y declaró no culpable a la acusada, sin entrar a valorar la culpabilidad del hombre ya que el fiscal había retirado los cargos contra él, al entender que la responsable del bienestar del anciano era su hija.
El jurado considera que la mujer sí era la responsable del cuidado de su padre y efectivamente existió la dejadez, aunque no se le practicó la autopsia al anciano, por lo que las causas de la muerte no son conocidas ni imputables a la acusada. También explican que no queda constatado que la madre de ella, ya fallecida, pero que entonces también necesitaba de las atenciones de la procesada, "adoleciera de falta de cuidados". Así, dice el jurado, los servicios sociales de Peñíscola no notaron que existiera situación alguna de abandono y en consecuencia no se hizo ningún seguimiento.
También se esgrime por el jurado las paralizaciones que sufrió el proceso "sin justificación alguna", por lo que "ha transcurrido un tiempo totalmente excesivo para la instrucción del procedimiento y final enjuiciamiento". Por ello, el magistrado, atendiendo al criterio del jurado, ha absuelto a la procesada del delito de homicidio por comisión por omisión.
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