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Rectificación por sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense

En cumplimiento de la sentencia dictada por la titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense, María Regina Domínguez Cougil, se publica íntegramente el escrito de rectificación remitido por el abogado Emilio Atrio Abad:

“El sr. Atrio Abad no ha cobrado 500.000 euros de la Diputación por representar a la institución provincial en un contencioso contra una inmobiliaria sino que ha facturado los honorarios profesionales que corresponden, calculados conforme a las normas del Ilustre Colegio de Abogados de Ourense, por representar a dicho ente en dos procedimientos judiciales y un recurso de apelación contra la mercantil Flager. Así, en 2010, Emilio Atrio defendió los intereses de la Diputación en autos de Tercería de Dominio 448/2010 tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia número tres de Ourense y se emitió factura por importe de 27.192 euros en octubre de 2010 que fue abonada por la Diputación el 13 de diciembre de 2010.

El otro procedimiento ordinario contra Flager encargado a Emilio Atrio por la Diputación se inició en 2010 dando lugar a los autos 421/2010 del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Ourense y finalizó con sentencia de 16 de abril de 2011 que estimó íntegramente la demanda presentada en nombre del Ente Provincial condenando al pago de las costas a Flager. Partiendo de la cuantía litigiosa del asunto, que fue de más de dos millones de euros, los honorarios correspondientes a la primera instancia ascienden a 113.305 euros que han sido fraccionados y abonados por la Diputación a través de cuatro facturas emitidas en agosto de 2012, diciembre de 2012, febrero de 2013 y julio de 2013.

Emilio Atrio también ha defendido los intereses de la Diputación en el recurso de apelación presentado por Flager y que dio lugar al rollo de apelación 394/2011 que finalizó con la sentencia de fecha 24 de abril de 2012 favorable a la Diputación que desestima el recurso e impone nuevamente las costas a la mercantil Flager. Los honorarios correspondientes a la apelación por importe de 67.982 han sido fraccionados en dos facturas emitidas en octubre y noviembre de 2013 y todavía no han sido abonadas por la Diputación.

Emilio Atrio no ha recibido ninguna cantidad como provisión de fondos de la Diputación en ninguno de los asuntos que le han sido encargados, en contra de lo que erróneamente se afirma en la noticia publicada el 24 de noviembre de 2013, y los 598,39 euros a que se refiere el artículo no son honorarios que haya percibido el Letrado sino que se corresponde con la factura número 809 de 14 de marzo de 2011 del Registro de la Propiedad número 1 de Ourense por anotar preventivamente la demanda. Por tanto, son inciertos todos los datos sobre los abonos que en la noticia se afirman como recibidos por Emilio Atrio en diciembre de 2010, en agosto y diciembre de 2012 así como en marzo y noviembre de 2013.

La Diputación ha obtenido sentencias favorables en ambas instancias, y la condena en costas a la Inmobiliaria Flager, lo que supone que esta última reembolsará a la Diputación íntegramente las cantidades satisfechas en concepto de honorarios de abogado y procurador. Y ello es así porque tanto el Juzgado de Primera Instancia número dos de Ourense —a medio de Decreto de 7 de junio de 2013— como la Audiencia —por Decreto de 14 de junio de 2013— han aprobado la tasación de costas para la primera y segunda instancia por el importe íntegro abonado a Emilio Atrio por la Diputación. Para que la Diputación cobre dichas costas se ha presentado demanda ejecutiva frente a Flager el 13 de septiembre de 2013 y se ha procedido a embargar varios bienes de la inmobiliaria.

Los honorarios percibidos de la Diputación nada tienen que ver con el proceso penal encargado personalmente por D. José Luis Baltar Pumar a este Letrado”.

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