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Un juzgado investiga al empresario Armiñana por alzamiento de bienes

La Fiscalía remitió el procedimiento al juzgado al estimar que había indicios de delito contra la Hacienda pública

El juzgado de Instrucción número 16 de Valencia está investigando al empresario valenciano Juan Armiñana por un presunto delito de alzamiento de bienes, en relación con su inmobiliaria Armiñana Promociones, que presentó la petición de concurso voluntario de acreedores en diciembre de 2008, según han confirmado fuentes del ministerio público. La Fiscalía de Valencia, tras estudiar detenidamente el concurso, remitió el procedimiento al juzgado al estimar que había indicios de delito contra la Hacienda pública y alzamiento de bienes, han indicado las mismas fuentes.

Armiñana, que es también actual presidente de la Federación de Fallas de Especial y de la falla Nou Campanar, presentó en el juzgado el 19 de diciembre de 2008 la petición de concurso voluntario de acreedores de la entidad Promociones Armiñana, con una cantidad adeudada que la empresa fijaba en cerca de 100 millones de euros. En ese momento, la compañía, creada en 1994, precisó que todas las promociones estaban acabadas, y aclaró que más del 90 por ciento de los acreedores eran bancos y que en ningún caso mantenía deudas consubcontratstas, proveedores e industriales.

Tras presentar este concurso, todas las partes involucradas, inclusive el fiscal, tuvieron que calificar si el procedimiento era "culpable" o "fortuito", han indicado las mismas fuentes, quienes han precisado que esta calificación es la que se suele hacer en este tipo de casos.

En este caso concreto de Armiñana, se decidió que era "culpable" y que había indicios de delito contra Hacienda y un presunto delito de alzamiento de bienes. Por este motivo, se dedujo testimonio al empresario valenciano y desde Fiscalía se remitió el asunto al juzgado, al hallar indicios de delito. El juez, ahora, ha incoado diligencias de investigación.

La inmobiliaria de la que Armiñana era administrador único -y que se dedicaba a la explotación comercial de locales de negocio, directa o indirectamente o a través de sociedades participadas; el alquiler de bienes muebles o inmuebles de fincas rústicas o urbanas; y la explotación de servicios hoteleros, hosteleros, discotecas y otros-, figura como disuelta en diciembre de 2011.

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