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Condenado a trabajos sociales por llamar fregona a su pareja

La sentencia también impone al condenado el alejamiento de la víctima

La Audiencia Provincial de Castellón ha ratificado la condena de cinco días de trabajos a beneficio de la comunidad que deberá realizar un hombre por llamar a su pareja “fregona”, además de proferir otros insultos. El fallo de un juzgado de Vinaròs, ahora confirmado por el órgano provincial, le prohíbe además acercarse a 200 metros y a comunicarse con ella durante cuatro meses.

En el altercado, que se produjo en agosto del pasado año, el condenado también le dijo a su mujer que “no valía para nada” y que “no sería nadie” sin él. En su recurso de apelación, el acusado admitió sus palabras pero las justificó alegando que se trataba de “una riña mutuamente aceptada” y que quedaba fuera “toda idea de discriminación o de abuso del varón sobre la mujer”. Unos argumentos que no han sido aceptados por el magistrado de la Audiencia, quien afirma en el fallo que “nadie que analizara la conducta dudaría de que está presente el elemento de dominación”. Por esta razón mantiene la pena impuesta por el juzgado de Vinaròs por la que deberá realizar trabajos por la comunidad.

Por otro lado, la Audiencia de Castellón también ha confirmado la sentencia que condena a un hombre a seis meses de cárcel y a pagar una indemnización de 581 euros por un delito de estafa tras alojarse seis días en un hotel de Peñíscola e irse sin pagar. El acusado mantiene que no tenía intención de irse sin pagar y que por ello había dejado su DNI y su tarjeta de crédito. Pero el fallo recoge que la tarjeta no tenía saldo y que “no ha realizado ningún intento posterior de pagar la deuda”.

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