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La muerte a tiros de un perro en Torà llega a la fiscalía de Medio Ambiente

En el hecho está implicado un teniente de alcalde que ha cesado en sus funciones El edil ha sido denunciado por organizaciones animalistas y ecologistas

El Departamento de Agricultura de la Generalitat ha enviado a la fiscalía de Medio Ambiente de Lleida el expediente abierto de oficio por los agentes rurales al teniente de alcalde del Ayuntamiento de Torà (Segarra), Josep Maria Alsina, por la muerte a tiros en la vía pública de un perro abandonado. El edil, que ha sido denunciado por organizaciones animalistas y ecologistas, fue destituido el miércoles de sus funciones por la alcaldesa de la localidad, Mercè Valls (CiU).

El expediente a Alsina fue incoado por un presunto delito contra la fauna y por vulneración de la ley de protección de los animales después de tener conocimiento de que el edil, el pasado 29 de marzo y en presencia de la alcaldesa de Torà había disparado presuntamente tres tiros de escopeta a un perro que deambulaba sin dueño por las calles de la localidad y al que acabó rematando a palos.

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El Departamento de Agricultura recibió también el miércoles una denuncia de la entidad ecologista Ipcena de Lleida por los mismos hechos, que ha sido adjuntada al expediente. Esta entidad solicitó la apertura de un expediente disciplinario y sancionador contra la alcaldesa y el teniente de alcalde, así como la máxima sanción para ambos por una infracción muy grave de la normativa de protección a los animales.

Agricultura recuerda en un comunicado que, según la ley de protección de los animales, compete a los Ayuntamientos recoger y controlar los animales abandonados, perdidos o asilvestrados hasta que sean devueltos a su propietario, siempre que estén debidamente identificados, o bien hayan sido cedidos o sacrificados de acuerdo con la normativa.

En este sentido, señala, en el caso de los animales domésticos abandonados o asilvestrados no identificados, es responsabilidad de los Consistorios hacerse cargo de los mismos, bien directamente a través de las perreras municipales o por medio de entidades animalistas que dispongan de instalaciones adecuadas, asumiendo el coste correspondiente.

Agricultura añade que solo en casos extremos en los que exista un riesgo de ataque a las personas, a especies ganaderas o protegidas está permitida la captura o el sacrificio del animal con arma de fuego, en cuyo caso solo podrán ser abatidos por los agentes de la autoridad acreditados, quienes deberán informar a la Generalitat y al Ayuntamiento correspondiente.

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