Adiós al poder del colegio profesional
Las instituciones gremiales deben renovarse para sobrevivir - Europa exige por ley que acaben con ciertas prácticas que han limitado durante años la libre competencia en los servicios
José Antonio Bosch es un letrado instalado en Sevilla que un día se plantó. Su órgano facultativo, el colegio de abogados de esta provincia, aprobó en sus estatutos de 2004 un patronazgo católico. El de la Inmaculada Concepción. Bosch lo consideró intolerable. Una institución de colegiación obligatoria para el ejercicio de la profesión no debería asumir tal patronazgo, porque vulnera un derecho constitucional, el de libertad religiosa. El abogado decidió llevar ante los tribunales lo que considera una contradicción en un organismo aconfesional.
El Tribunal Superior de Justicia Andaluz falló en contra y dictaminó que este patronazgo es legal porque supone "el reconocimiento de una tradición histórica". El caso está ahora en el Tribunal Constitucional, que resolverá en los próximos meses.
El objetivo de los colegios debe ser defender al consumidor
Muchas organizaciones sólo velan por el interés de sus miembros
"Hay que pagar 400 euros anuales. ¿Y para qué?", se pregunta un médico
Algunas profesiones admiten que la modernización era un paso necesario
El colectivo de los farmacéuticos es el más restrictivo, según Competencia
La UE denuncia el alto grado de regulación de ciertas actividades
Diga lo que diga la corte, la batalla del letrado Bosch pone de manifiesto precisamente la "arraigada tradición histórica", como dice la última sentencia, de los colegios profesionales. Este adjetivo, digno de la cultura gremial de hace cinco siglos, no vale ya para el mundo globalizado del siglo XXI.
Y, especialmente, para la Unión Europea contemporánea. Arquitectos, ingenieros, farmacéuticos, médicos, abogados, guías turísticos, psicólogos, notarios. En total hay en España 87 colegios profesionales. Todos ellos, ahora, en la mirilla de Bruselas. La Comisión Europea ha lanzado su propia batalla para eliminar las trabas a la competencia en el territorio de la UE. Se llama Directiva de Servicios. Esta norma base intenta crear "un marco jurídico para garantizar la libertad de establecimiento y prestación de servicios en la UE", reza el texto.
¿Qué ocurre? Que la directiva entiende que las imposiciones de los colegios profesionales son algunas de estas trabas. La obligatoriedad de colegiación, el pago de un visado para edificar, la orientación de los precios, la limitación de la publicidad o los trámites de ingreso para extranjeros que quieran establecerse en el país recortan la fluidez de la prestación de los servicios.
La directiva del Parlamento Europeo, heredera de la directiva Wolkenstein, fue aprobada en 2006 y señaló 90 barreras a la competencia que los países debían erradicar, mediante leyes propias, de su panorama jurídico. El plazo se acaba exactamente el próximo 28 de diciembre.
España ha hecho lo propio con la llamada Ley ómnibus. Ésta, aprobada en Consejo de Ministros el pasado 13 mayo, modifica la normativa para que este conjunto de cambios puedan efectuarse. La transposición debe estar hecha antes de fin de año, una ley horizontal que ya se ha ganado el nombre de Ley paraguas, aunque ésta sólo dispone indicaciones generales.
El quid de la cuestión reside en el texto de la Ley ómnibus. Ésta hace ahora hincapié en que la función de los colegios profesionales debe ser de interés público, deben convertirse en "autoridades competentes", capacitadas para velar por los consumidores y ser valedores del control de la profesión. El problema es que muchos de los colegios no se han preocupado de ello y el único interés por el que han velado es el de sus miembros.
Este texto será el índice para las nuevas legislaciones estatales. Una vez el texto entre en vigor, el Ejecutivo se da un plazo de cuatro meses para redactar un real decreto por el que se establecerá el carácter de los visados. Si deben ser obligatorios o voluntarios. Pero esto no es todo, porque 12 meses después, el Gobierno hará lo mismo, mediante un proyecto de ley, para condicionar la obligatoriedad de la colegiación. En resumidas cuentas: sólo los colegios que hayan sabido justificar su función en la sociedad sobrevivirán.
"La función de los colegios es imprescindible, pero algunos se han deformado en exceso", afirma Blanca Vilà, catedrática de Derecho Internacional Privado de la Universidad Autónoma de Barcelona y experta legal del servicio jurídico de la Comisión Europea en los noventa. En el caso de los colegios de arquitectos, señala que su dependencia de los visados, de obligado trámite cuando se levanta un edificio, ha ido a más. Reconoce que los colegios centran su función en defender a su gremio, pero contrapone: "Si no los hubiera, ¿quién defendería las buenas prácticas?"
Lluís Comerón es vicedecano del Colegio de Arquitectos de Catalunya, considerado uno de los que ha hecho el trabajo antes de tiempo. "Supimos adelantarnos a este cambio, que se veía venir". Se refiere al espíritu de la ley: o tiene función pública o no tiene ninguna. Por ejemplo, el colegio hace tres años que ha establecido un nuevo tipo de visado, llamado Certificado Plus, que profundiza en la normativa y verifica los detalles del proyecto, cuando en muchas otras regiones sólo se valida la capacitación del arquitecto.
Otras novedades: en las pruebas realizadas hasta el momento con varios municipios catalanes el visado tiene carácter voluntario, y su precio se limita al mismo coste del documento en sí, mientras que en otras comunidades autónomas cubre también las actividades del colegio.
"Esta modernización que hemos llevado a cabo viene dada por la ley catalana de Colegios Profesionales, que ya abordó hace tres años la problemática que ahora vive el conjunto del Estado", añade Comerón. Los visados representan ahora aproximadamente el 40% del presupuesto general, mientras que antes superaba el 80%.
Pero no es así en todas partes. En el reino de los arquitectos, el visado es el rey. Y sólo los profesionales que se apunten al colegio de turno pueden firmar estos suculentos cheques para la corporación. Sus precios varían según la demarcación, pero visar el proyecto de una casa unifamiliar ronda los 200 euros. El de un polideportivo, por ejemplo, llega a los 2.000. Rafa trabaja en un estudio de Andalucía y es de los muchos que no están colegiados. "Yo hago el proyecto y lo visa un compañero. Tampoco me interesaría estar dentro", explica. Por ello se descolegió, y dejó por ello de pagar una tasa de unos 300 euros trimestrales.
El colegio de médicos se ha convertido en uno de los sectores más polémicos. Carlos Ponte trabaja en el Hospital Central de Asturias y hace dos años que se descolegió. Sólo puede hacerse, de momento, en Asturias, País Vasco y Andalucía. Ya lo había intentado una vez, pero la obligatoriedad todavía estaba vigente y el juez le impuso la colegiación de nuevo. Pero ahora no. "Trabajo con normalidad, sólo que no puedo emitir certificados. Tiene que hacerlo un amigo", explica.
Para Ponte, cada vez son más los que se apuntan a esta vía. Pagar a un colegio una cuota anual que ronda los 400 euros, ¿para qué? "Los colegios sólo defienden al médico que también trabaja en el sector privado. Y su código deontológico está totalmente atrasado". Un certificado de defunción cuesta cuatro euros. Cuatro euros que van directos al colegio. "El médico no cobra nada". Y aún así, cuando quiso borrarse del colegio, éste le respondía que era ilegal. Si quería dejar de pagar, debía dar orden expresa al banco.
Ramón Mullerat, ex presidente del Consejo de Colegios de Abogados de Europa, explica a título personal que los colegios profesionales nacieron hace siglos con dos misiones. Amaestrar al discípulo y defender los intereses de sus miembros. "Esta actitud ya no es válida hoy", cuenta. El actual socio de KPMG abogados razona que la única justificación para que un colegio se mantenga es por interés público, es decir, para garantizar la calidad de los servicios al consumidor.
A su vez, Mullerat es un férreo defensor de estas organizaciones. Acepta que sí implican ciertas trabas a la competencia, "pero necesarias". Los colegios son los responsables de regular las buenas prácticas de la profesión, una actividad que, si no lo hicieran ellos, quedaría en manos de las Administraciones. Una mala idea en el colectivo de abogados. Por ejemplo, en aquellos que trabajan para el Estado, como los abogados de oficio. "¿Quién respondería de ellos? Tienen a menudo conflictos de intereses con el Estado. Si su código profesional dependiera de ellos, degradaría el nivel democrático", resuelve.
Pablo Salvador, socio del bufete Cuatrecasas, es también abogado y de la misma opinión. El mercado no puede prescindir de los colegios. Pero reconoce que hay que hacer un esfuerzo para demostrarlo. Sólo hace falta ver los requisitos para formar parte de él. "La colegiación de los abogados en España es muy deficiente", cuenta. Su proceso se limita a tres pasos. "Pagar unos 1.000 euros, asistir a una conferencia sobre las prácticas de la profesión y darte de alta en la revista jurídica", detalla Salvador, quien asegura que, si es así, no tiene sentido. También en este sentido, la regulación intenta ponerse al día con el espíritu de la Ley ómnibus. El colegio de abogados de Madrid cobra una cuota inicial de unos 1.200 euros, y la tasa trimestral llega hasta los 100 euros.
La ley de acceso a la profesión de abogado y procurador será modificada el próximo año y se fortalecerán los requisitos. El que quiera ser colegiado a partir de entonces, deberá superar un concienzudo examen y unas prácticas laborales. En este sentido, Blanca Vilà compara la situación con otros países. "En Reino Unido, no encontrará a ningún abogado que defienda a un criminal el día después de terminar la carrera".
Pero los colegios de abogados no son los únicos que están en cuestión. La Comisión Nacional de Competencia (CNC) elaboró a finales de 2008 un informe demoledor sobre estas organizaciones. La institución explica que España posee un alto nivel de regulación de los servicios profesionales, de dos tipos: la entrada o el acceso al mercado (mediante la titulación y la pertenencia a un registro profesional) y el ejercicio de la propia profesión, cuya regulación se establece mediante la publicidad, los precios o la localización, entre otras. Competencia aclara que, muchos otros países, como Reino Unido, Francia u Holanda, tienen niveles de regulación mucho menores sin perjuicio del mercado.
La colegiación, según Competencia, impone siempre trabas a la libre circulación de los servicios, y sólo puede justificarse con el interés general, es decir, el beneficio del consumidor.
El informe del organismo señala algunas colegiaciones existentes carentes de sentido. Algunos ejemplos son el Colegio Nacional Sindical de Decoradores, el Colegio de Licenciados en Ciencias Ambientales de la Comunidad Valenciana, el Colegio Profesional de Ortopédicos de Aragón o el Colegio de Prácticos de Puerto. "Debe destacarse que los motivos de interés general que pudieran justificar las reservas de actividad no suelen incluirse en las normas en cuestión, ni ser parte esencial en la elaboración y aprobación de las mismas.[...] La introducción de barreras a la competencia carece en muchas ocasiones de una clara justificación por un motivo de interés general", expone.
"El ejemplo más claro es el de los visados de arquitectos. Hay que abonarlos, pero el colegio no responde si hay algún problema. ¿Para qué pagar entonces?", explica un miembro de la Comisión Nacional de Competencia. Pero aclara: las barreras a la competencia que los colegios profesionales generan no están tanto en sus actitudes sino de la legislación que lo ha permitido durante los últimos años.
Competencia denuncia también artículos en los estatutos colegiales contrarios al libre mercado: el Colegio de Psicólogos indica que el profesional "se abstendrá de aceptar condiciones de retribución económica que signifiquen la desvalorización de la profesión o competencia desleal". Es decir, aboga por una regulación de precios.
Un estudio del Institut for Advanced Studies sobre la regulación de las profesiones liberales en los Estados miembros señalaba en 2005 a España como un país cuyas políticas en pro de la liberalización del sector habían sido nulas. Comparten podio con España la República Checa, Chipre, Malta, Finlandia, Grecia y Suecia. En el lado opuesto, se encuentran Reino Unido, Holanda y Dinamarca como los estados que han acometido reformas estructurales sustanciales.
El mismo estudio valora el grado de regulación de cinco profesiones liberales, arquitectos, ingenieros, abogados, financieros y auditores y farmacéuticos. El estudio concluye que este último gremio tiene uno de los mayores grados de regulación, de 7,2 puntos sobre 12. El motivo, las estrictas limitaciones de establecimiento de farmacias, que restringen su número, según la comunidad, a la cantidad de habitantes de un lugar. Quedan excluidos del gremio, por tanto, los licenciados en farmacia pero que no tienen un sitio donde ejercerlo. De hecho, una plataforma llamada Farmacéuticos sin Farmacias ha llevado esta injusticia, según ellos, a la Comisión Europea, por entender que perjudica la libre competencia, tal y como establece la directiva.
Ramón Mullerat explicita que la profesión de abogado se regula ya en la Unión Europea desde hace décadas. Y resalta la existencia de trabas en ella. La ley de establecimientos de 1999 autoriza la libertad para instalarse en un país extranjero, pero con una pega. Durante los tres primeros años, el título anunciante debe llevar el nombre de la profesión en el idioma original. "Es decir, si me establezco en el Reino Unido, no puedo decir: 'Hello, my name is Ramón Mullerat, I am a lawyer'. Tengo que decir: 'I am an abogado", anota, con peculiar didactismo, el también profesor de Derecho en la Universidad de Chicago.
Las profesiones liberales en España
- Existen 87 colegios profesionales de adscripción obligatoria, 25 de ellos creados por normas autonómicas, sin presencia en el conjunto de España.
- El sector genera en el país más de 53.000 millones de euros anuales, y equivale a un 8,8% del PIB.
- Hay más de un millón de trabajadores en profesiones colegiadas. Ello supone un 6% del empleo total, casi un 30% del los ocupados con credenciales universitarias y más del 40% de los ocupados doctores. Los asalariados, en cambio, son sólo 430.000
- Los abogados colegiados alcanzan los 160.000, los médicos superan los 150.000 y los arquitectos rondan los 50.000 afiliados.
- Entre 1992 y 2008, el Tribunal de Defensa de la Competencia ha emitido 115 resoluciones contra colegios, 63 por prácticas prohibidas y 52 por recursos contra actos de servicio.
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