Seis juristas no ven un golpe a Petro, pero difieren sobre si el CNE viola el fuero presidencial al investigarlo
Los expertos coinciden en que la acusación del presidente de que hay “un golpe de Estado” en Colombia es infundada y exagerada, pero están divididos sobre la decisión inédita del organismo que vigila a las campañas electorales
El anuncio del Consejo Nacional Electoral (CNE) de abrir una investigación y formular cargos al presidente Gustavo Petro ha provocado un terremoto político en Colombia. El jefe de Estado ha considerado la decisión como un “golpe de Estado” que está llevando la justicia en su contra, una calificación que pocos juristas respaldan. Pero el anuncio de la institución administrativa sí ha generado un intenso debate sobre si la indagación, presentada este martes, viola o no el fuero (inmunidad) presidencial que protege a los jefes de Estado. EL PAÍS ha contactado a seis abogados y juristas, expertos en derecho público y constitucional, para desentrañar este dilema.
El CNE, el organismo encargado de dirimir litigios electorales, encontró suficientes indicios de una “presunta vulneración al régimen de financiación de las campañas” para abrir una investigación en contra de Petro y su campaña a la Presidencia de Colombia en 2022. Siete de los nueve magistrados votaron por estudiar si la Coalición Pacto Histórico violó los topes de gasto por un valor acumulado que supera los 5.000 millones de pesos (unos 1,2 millones de dólares) durante la candidatura de Petro en primera y segunda vuelta. La agrupación investigada está “representada”, entre otros, por Petro y Ricardo Roa, entonces gerente de campaña y ahora presidente de la energética estatal, Ecopetrol.
El Gobierno no reconoce la competencia del CNE para abrir una investigación en contra del presidente, aunque el Consejo de Estado haya dicho en mayo que la institución electoral sí tiene esa facultad. Para la Presidencia, ambas instituciones están controladas por “politiqueros que han gobernado durante décadas” el país.
¿Se está violando la Constitución? ¿Se está extralimitando el CNE?
Los abogados y juristas consultados por este diario disciernen en si la investigación está dentro del marco de la Constitución o no. El abogado constitucionalista Juan Manuel Charry considera que la ley sí le atribuye al CNE el poder de supervisar las campañas electorales, y al entonces candidato, pero la sanción—así sea solo administrativa— solo podría recaer en la campaña y no en el presidente. “La función del CNE es probar si hubo o no vulneraciones durante la campaña y, en caso de ser así, enviar las pruebas a la Cámara de Representantes”, sostiene. Concretamente, a la Comisión de Acusaciones, que es el único órgano que puede acusar al jefe del Estado.
Jaime Arrubla, expresidente de la Corte Suprema de Justicia, califica de “totalmente constitucional” la acción del organismo de investigar la campaña y a Petro. “Sería un absurdo que pudiera investigar a las campañas perdedoras y no a la ganadora”, ironiza. Un candidato perdedor, por ejemplo, no es aforado y puede ser investigado por el CNE.
En la otra esquina, José Gregorio Hernández, expresidente de la Corte Constitucional, afirma que el CNE “ha cometido un error muy grave al invadir la órbita de la Cámara” al investigar al presidente, y no solo a la campaña. Para el jurista, esta autoridad electoral no tiene la competencia para investigar al jefe de Estado, pues este cuenta “con un fuero que no se puede desconocer, como lo han hecho, violando la Constitución”.
Carolina Rico, docente de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia, matiza que el principal llamado a responder en este caso es el gerente de la campaña, es decir, Ricardo Roa. “La legislación establece que hay una responsabilidad solidaria en materia de financiación de las campañas, entre las que está el candidato. Pero ese candidato [Petro], es ahora presidente, que tiene inmunidad”, explica. Para Rico, el CNE debió señalar en el auto que, aunque investiga la campaña, se abstiene de un proceso directo en contra el mandatario.
Una posición intermedia es la de Rodrigo Uprimny, investigador del centro de estudios jurídicos Dejusticia, para quien la “esencia” del fuero sí se respeta en el caso del CNE, aunque admite que ha encontrado un vacío jurídico. “Las normas constitucionales no son totalmente claras. Solo dicen que cualquier sanción que implique suspensión o destitución solo puede ser decretada por el Congreso”, sin referirse a las sanciones administrativas (multas) que puede imponer el Consejo, indica.
¿Qué consecuencias puede haber para Petro?
Teniendo en cuenta que el CNE es un órgano administrativo, no puede emitir ningún tipo de sanciones ni disciplinarias ni penales. Mientras que cuatro de los entrevistados creen que, aun si se hallase culpable al presidente de financiación ilegal, la institución no tiene la potestad para sancionarlo ni con una multa, destacan un par de opiniones contrarias. Una de ellas es la de Gloria María Borrero, abogada y exministra de Justicia con Iván Duque, que alega que el fuero es limitado y “no está exento de todo”. “Un ejemplo es que le pueden poner una multa [al presidente] por arrojar basura en la calle como ciudadano y ahí no se atenta contra la inmunidad”, ilustra.
En todo caso, vuelven a estar de acuerdo los juristas, “el tiempo juega a favor de Petro”, en palabras de Arrubla. Según la ley colombiana, las infracciones electorales prescriben a los tres años de llevarse a cabo, por lo que los magistrados del CNE solo tienen hasta junio de 2025 para presentar una conclusión. Lo más probable es, entonces, que se archive el caso. Hay precedentes similares, como las indagaciones preliminares a las campañas de los expresidentes Juan Manuel Santos e Iván Duque, que caducaron al no hallarse pruebas a tiempo.
¿Hay un golpe de Estado?
A pesar de los matices y de algunas opiniones contrarias, un punto en el que están de acuerdo todos los expertos es que no hay ningún golpe de Estado en curso en contra del presidente, idea que lleva denunciando Petro desde hace meses —que inició con el “golpe blando”— y que repitió con más dureza en su alocución presidencial del martes. Uprimny considera su discurso como exagerado, más aún cuando la Presidencia tiene varias cartas bajo la manga: puede impugnar la competencia del CNE y si termina siendo hallado culpable, demandar la nulidad de la multa. “Incluso el caso puede ser elevado a la Corte Constitucional”, reconoce el experto.
Juan Carlos Esguerra, abogado y exministro de Justicia con Juan Manuel Santos, lamenta que la “reacción” del mandatario “se ha convertido en una constante cada vez que hay una decisión de carácter judicial con la que no está de acuerdo”. Con respecto al anuncio del Gobierno de elevar el litigio a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Esguerra dice que es una jugada muy prematura: “Aún no existe ningún procedimiento o enjuiciamiento en los tribunales nacionales antes de un proceso en el exterior. Los organismos internos están, hasta el momento, cumpliendo con las leyes colombianas, por lo que es probable que la Corte Interamericana descarte iniciar una investigación”, apunta.
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