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El Ayuntamiento de Pamplona, condenado a recolocar el retrato del Rey y la bandera española

El Consistorio que dirige Joseba Asirón (EH Bildu) había cambiado la ubicación hace un año

Ayuntamiento de Pamplona con las bandera vasca y española.
Ayuntamiento de Pamplona con las bandera vasca y española. Vincent West (Reuters )
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El Juzgado Contencioso-Administrativo 1 de Pamplona ha condenado al Ayuntamiento de Pamplona a recolocar nuevamente el retrato del Rey y la bandera española en un lugar preferente del salón de plenos un año después de que el propio Consistorio modificara su posición. La demanda fue interpuesta por la Abogacía del Estado y la sentencia será recurrida por el ejecutivo municipal. El alcalde de Pamplona, Joseba Asirón (EH Bildu), sufre así un nuevo revés judicial relacionado con los símbolos institucionales: antes del verano, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra había ratificado que colocar la ikurriña en el chupinazo de 2015 fue "fraude de ley".

El Ayuntamiento considera que el retrato del Rey se mantiene en un lugar preferente, al estar justo frente a la presidencia, al otro lado de la sala. En sus argumentos ante la demanda, el Consistorio afirma que "en una cena de gala frente a quien la preside se sienta la siguiente persona de mayor rango". El juez Daniel Rodríguez rechaza esta justificación en su sentencia "por la notable diferencia entre un acto ocioso" como una cena y la actividad de un salón de plenos.

El equipo de gobierno estrenó curso político hace un año con una redecoración del salón de plenos que trasladó los mástiles con las cuatro banderas oficiales —española, navarra, europea y de Pamplona— del flanco derecho de la presidencia del salón al fondo de la sala, tras los asientos en los que se sienta el público. El retrato de Felipe VI pasó al fondo de la sala desde la pared detrás de los escaños de los concejales de la izquierda, ahora en el gobierno municipal. El alcalde entonces justificó el cambio de lugar de las banderas en la estrechez del pasillo donde se sienta la presidencia que, según él, hacía incómodo el paso para quienes la ocupan: alcalde, teniente de alcalde y secretario.

Reconoce el magistrado que la preferencia que otorga la ley a la situación de la bandera española y el retrato del jefe del Estado es "subjetiva", ya que no existe en la norma una especificación de qué es "un lugar preferente". Sin embargo, para el juez, la ubicación actual de los símbolos "no se ajusta a la exigencia legal de ocupar un espacio preferente". La sentencia señala que en la actual ubicación la apertura de la puerta que da acceso a la zona del público hace que los símbolos queden "visualmente ocultos" al entrar en el salón. El juez condena al Ayuntamiento a colocar la bandera española y el retrato real en una ubicación que no sea obligatoriamente la misma que tenían antes de septiembre de 2015, ya que esa localización "no representa de modo exclusivo la nota de preferencia" para su colocación.

Ese carácter subjetivo de la preferencia reconocido por el propio juez será la base del recurso que interpondrá el Ayuntamiento. Será, por tanto, el TSJ de Navarra quien tenga que ratificar o no la decisión del juez de lo Contencioso-Administrativo. En junio pasado, esa instancia judicial ratificó la condena de otro juzgado, el número 2, que consideró "fraude de ley" la colocación de la ikurriña en el chupinazo del 6 de julio de 2015 que abrió los primeros Sanfermines de Asirón como alcalde. El tribunal consideró que el Ayuntamiento invitó a parlamentarias de Euskadi para usar el recurso protocolario que permite la Ley Foral de Símbolos para izar banderas diferentes de las oficiales. En el chupinazo de este año el Ayuntamiento dejó un mástil vacío para simbolizar su desacuerdo con la sentencia que impidió la izada de la bandera vasca.

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