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El juez De la Mata aprecia delito electoral en el PP por el ‘caso Bárcenas’

El magistrado abre juicio oral por la contabilidad secreta del Partido Popular

El ex tesorero del Partido Popular, Luis Barcenas, sale de los juzgados el 28 de abril.
El ex tesorero del Partido Popular, Luis Barcenas, sale de los juzgados el 28 de abril. Jaime Villanueva

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata agravó este jueves la perspectiva judicial del PP al incluir los delitos contable y electoral en el auto final del caso Bárcenas, relativo a la caja b del partido del Gobierno. De la Mata, sucesor del juez Pablo Ruz, decretó la apertura de juicio oral contra los extesoreros populares Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta, así como contra el exgerente del partido Cristóbal Páez y el arquitecto que reformó la sede del PP en la calle Génova de Madrid, pagada con 1,5 millones en dinero negro.

El juez De la Mata dejó lista para juicio la investigación abierta por Ruz en febrero de 2013 después de que EL PAÍS publicara los 14 folios manuscritos que componían la contabilidad paralela del PP, llevada por el tesorero Bárcenas. El nuevo titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, en un auto de 102 páginas, sigue la estela de su antecesor al considerar que el PP se sirvió “desde 1990 y al menos hasta 2008” de “diversas fuentes de financiación ajenas al circuito económico legal”.

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La “contabilidad paralela” o “caja b” del PP —de la que Bárcenas y Lapuerta eran meros gestores— se nutrió de “donativos o aportaciones ajenos a la contabilidad oficial”, sostiene De la Mata. Los 7,5 millones de euros que los tesoreros supuestamente recaudaron entre empresarios, casi todos del sector de la obra pública y contratistas de la Administración, tuvieron diferentes usos.

Parte del dinero se destinó a sobresueldos a cargos y personas vinculadas al partido. Se han recabado indicios de pagos a distintas personalidades, como el presidente del Senado, Pío García Escudero —que recibió un préstamo de 24.000 euros para reparar su casa, dañada por un atentado— o a entonces consejero navarro de Salud, Calixto Ayesa, que percibió 16.200 euros como compensación por dedicarse a la política y dejar su trabajo de dermatólogo. Estos pagos, admitidos por sus perceptores, sumados a otras ayudas a víctimas del terrorismo y a la Fundación Humanismo y Democracia, también reconocidos, han servido para dar veracidad a los papeles de Bárcenas.

Fianza civil de 1,2 millones para Génova 13

El juez José de la Mata ha fijado una fianza civil de 1,2 millones de euros para el PP. El magistrado considera al partido responsable civil de los delitos fiscales por los que van a ser juzgados sus extesoreros. Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta supuestamente no liquidaron el Impuesto de Sociedades de la formación conservadora en 2007. El partido debió haber abonado una cuota de 220.167 euros, que se deriva de unos ingresos por donativos irregulares de 1,05 millones de euros.

El resto de la fianza corresponde a los 1,05 millones que el PP supuestamente ayudó a defraudar a Hacienda en 2008 a la empresa de arquitectura Unifica, dirigida por Gonzalo Urquijo al abonar con dinero negro las obras de reforma de su sede de Génova 13.

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Sin embargo, en los dos años de investigación no se han podido acreditar las entregas trimestrales y semestrales de dinero b a los sucesivos secretarios y vicesecretarios generales del PP, entre ellos el actual presidente Mariano Rajoy, o los exministros populares Javier Arenas, Francisco Álvarez-Cascos o Ángel Acebes. Todos ellos han negado haber recibido dinero negro.

De las cuentas opacas del PP salieron en 2003, 2004 y 2008 un total de 1,18 millones de euros que sirvieron para pagar las campañas electorales del PP tanto en elecciones generales, como en europeas y autonómicas en Cataluña y Andalucía.

Las acusaciones populares encabezadas por IU y el Partido Socialista del País Valenciano solicitaron al magistrado que los extesoreros Lapuerta y Bárcenas y el exgerente Páez fueran juzgados por delito electoral por el uso de estos fondos en b para las campañas del PP. Ni el fiscal ni el resto de las acusaciones lo habían solicitado. En su auto de paso a procedimiento abreviado —en el que proponía llevar a juicio a los imputados del caso Bárcenas— el juez Ruz consideraba acreditados tanto los delitos electorales como los delitos fiscales, aunque apuntaba la posibilidad de que hubieran prescrito.

Sí tienen cabida

Ahora, De la Mata decide que estos delitos sí tienen cabida en el juicio que celebrará la Sección Segunda de la Audiencia Nacional en una fecha aún por determinar. La Ley Orgánica de Régimen Electoral General castiga con penas de hasta cuatro años de prisión a los “administradores generales y de las candidaturas de los partidos” que falseen las cuentas de sus formaciones para las campañas. Aunque la responsabilidad penal, de producirse, recae en el administrador del partido, una condena supondría dar por probado que el PP contó con dinero ilegal en seis campañas.

El nuevo juez instructor también aprecia, y también frente al criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que cabe llevar a juicio a los responsables económicos del PP por delito de falsedad contable. Ruz también consideraba en marzo que las donaciones irregulares recibidas por el PP por medio de Bárcenas y Lapuerta, y su uso opaco para gastos del partido, encajaba en ese tipo penal. Sin embargo, entendía que el plazo de prescripción —de tres años— podría haberse superado. Deberá ser la Sala de lo Penal la que decida, cuando llegue el juicio, si estos delitos existen, y en su caso, si han prescrito o no.

De la Mata también desoye a Anticorrupción cuando esta fiscalía pide archivar la acusación de delito fiscal contra Laura Montero, directora de proyectos de Unifica, el estudio de arquitectos que realizó la reforma de la sede del PP en Génova 13 entre 2005 y 2010. Parte de estos trabajos los pagó el PP con 1,55 millones de su caja b. Ni la fiscalía ni la Abogacía del Estado, en representación de Hacienda, formulan acusación contra ella. La llamada doctrina Botín, por la que no se puede enjuiciar a un imputado por delitos que tienen un perjudicado concreto si este, o la fiscalía, no acusan y solo hay una acusación popular, vuelve a entrar en juego. En los delitos fiscales hay dos corrientes. La primera entiende que en un delito fiscal hay un perjudicado particular, que es Hacienda, por lo que no cabría la acusación popular. La segunda, que prefiere De la Mata, considera que el fraude fiscal “trasciende el mero interés patrimonial de la Administración y comprende un cierto interés colectivo” —el principio de “Hacienda somos todos”—. Por ello, lleva a Montero a juicio.

Para los procesados, el magistrado impone fianzas que cubran las posibles multas y responsabilidades civiles de los delitos que supuestamente cometieron, Para Lapuerta y Bárcenas, la garantía es de 8,98 millones de euros, para Cristóbal Páez, de 7,44 millones; para el arquitecto Urquijo, 6,15 millones; y para las empleadas de Unifica Belén García y Laura Montero, 6,15 millones para cada una.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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