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Torres-Dulce convoca a la cúpula fiscal catalana contra la consulta

El ministerio público solo actuaría en caso de que existiera desobediencia

Foto: atlas | Vídeo: Atlas / Albert Garcia

El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha convocado para este jueves a los fiscales jefes de Cataluña para estudiar las actuaciones que deberán emprender ante una hipotética consulta ilegal en esa comunidad autónoma. La iniciativa surge a raíz de la petición a Torres-Dulce de la fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Barcelona, Ana María Magaldi Paternostro.

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La Constitución establece en su artículo 124.1 que el ministerio fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, “tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, y procurar ante los tribunales la satisfacción del interés social”.

A la reunión convocada por Torres-Dulce asistirán el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, José María Romero de Tejada, y los cuatro jefes de las fiscalías provinciales: Ana María Magaldi Paternostro (Barcelona), Juan Francisco Bone Pina (Lleida), José María Casadevall Barneda (Girona) y Javier Jou Mirabent (Tarragona).

En este momento no existe ninguna base para la actuación de la fiscalía porque no se ha producido ninguna actuación ilegal o delictiva por parte del Gobierno catalán.

Eso solo podría ocurrir en el caso hipotético de que la Generalitat celebrara la consulta el 9 de noviembre una vez que el Tribunal Constitucional, a instancias del Gobierno, hubiera suspendido la ley catalana de consultas, que se aprobará el viernes, y que hubiera otra resolución judicial que suspendiera el decreto de convocatoria que ha anunciado el presidente Artur Mas.

Solo en ese caso sería posible actuar contra funcionarios o, en circunstancias extremas, contra aforados (miembros del Gobierno catalán que hubieran dado órdenes para desobedecer al Tribunal Constitucional).

La Fiscalía General del Estado entiende que aún se está lejos de que se produzca esa situación de ilegalidad, pero, sin anticipar acontecimientos, ha decidido prepararse ante la posibilidad de que eso ocurra. Para ello, Torres-Dulce coordinará con la cúpula fiscal en Cataluña las actuaciones que, de acuerdo con la ley, debería adoptar en caso de que se produjera una desobediencia del Gobierno catalán para celebrar la consulta. La reunión, según indicaron fuentes fiscales a este periódico, tiene por objeto coordinar y estudiar el marco legal.

Torres-Dulce aseguró este martes mismo en Bilbao, donde se celebró la reunión del Consejo Fiscal, que “la Fiscalía actuará en consecuencia” si se infringe la ley en Cataluña, pero como cuando se incumple en Asturias o en Andalucía, “porque sin el armazón de la legalidad, esto sería la jungla”. También pidió a los políticos que no “interfieran” en las decisiones judiciales ni fiscales.

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ya avisó hace casi dos años de que la celebración de la consulta, en caso de que el Constitucional suspendiera la ley que la habilita y el decreto de convocatoria, podría desencadenar una acusación por “desobediencia” contra el presidente catalán. La desobediencia está recogida en los artículos 410 y 411 del Código Penal y es castigada con hasta tres años de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público. La iniciativa para esa acusación sería del ministerio fiscal.

“Si hay un acto ilegal por parte de una persona, no creo que haya que castigar a los ciudadanos catalanes. A quien habrá que exigir responsabilidades es a esa persona”, explicó el ministro. “Cualquier cargo público que actuase en contra de un mandamiento de un tribunal estaría cometiendo un delito”, señaló. El ministro se refería, según confirmó más tarde, al delito de desobediencia, castigado en el Código Penal con multa de tres a doce meses e inhabilitación de seis meses a dos años (hasta tres años si la desobediencia se mantiene).

La ley de consultas que aprobará el Parlamento catalán el próximo viernes establece el régimen jurídico, las modalidades y el procedimiento para la convocatoria de consultas populares no referendarias. La norma autonómica tiene por finalidad, según señala su artículo 8, “conocer la opinión de la población sobre la cuestión sometida a consulta y su resultado no tiene carácter vinculante”. La ley obliga a los poderes públicos que han convocado la consulta “a pronunciarse sobre su incidencia en la actuación pública sometida a consulta en el término de dos meses a partir de su celebración”.

El decreto de convocatoria, según establece la ley catalana que se aprobará el viernes, debe incluir “la pregunta, preguntas o propuestas sometidas a votación”.

La consulta ciudadana que promueve el Gobierno catalán tiene dos preguntas. Por un lado señala: “¿Quiere que Cataluña se convierta en un Estado? Sí o no”. En caso afirmativo, hay una segunda cuestión: “¿Quiere que este Estado sea independiente? Sí o no”.

El Tribunal Constitucional anuló en 2008 por unanimidad de sus magistrados el intento del Gobierno vasco presidido por el entonces lehendakari, Juan José Ibarretxe, de celebrar una consulta similar a la que pretende ahora el Ejecutivo catalán. Los magistrados declararon inconstitucional la ley “de convocatoria y regulación de una consulta popular al objeto de recabar la opinión ciudadana en la comunidad autónoma del País Vasco sobre la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política”.

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