¿Y si asfaltamos Madrid con minas antipersonas?
El miedo no sería diferente al que sienten los extranjeros indocumentados cuando les piden 'los papeles'
Para los habitantes de los no lugares, vivir cada día significa sobreponerse al miedo. En las reglas que organizan nuestra sociedad, inmigrar está mal visto. Emigrar no tiene tan mala prensa. Extraño, pues todo es movimiento.
Somos migrantes todos. Unas veces vamos, otras venimos. Unas veces somos los que se van, otras somos los que llegan.
La política migratoria europea, y por tanto la española, no lo entiende así. El sistema de control se articula en un triángulo de tres vértices: el de la detención, el CIE y la expulsión del país.
En cada uno de esos momentos se levanta una frontera de exclusión entre el yo y el otro. Cada vez que la persona alcanza ese vértice, cae en un no lugar.
Las detenciones policiales pueden tener lugar durante la comisión de un delito o bajo la sospecha de uno. Pero no siendo esa una vía suficiente para localizar a las estimadas 400.000 personas en situación irregular en España, la policía realiza evidentes identificaciones arbitrarias en plena calle.
La Ley de Seguridad Ciudadana derogó una Ley Orgánica del año 92 que habilitaba a los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad a realizar identificaciones genéricas en la vía pública. A partir de marzo de 2015 se pone por escrito que es precisa la existencia de indicios de la comisión de una infracción y que los agentes deberán “respetar escrupulosamente los principios de proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación”. ¿Y se hace? Mucha gente lo pone en duda.
En el verano de 2016, una periodista de porCausa presenció una serie de identificaciones a la salida del metro de Alonso Martínez en Madrid. Se fijó que, el tiempo que observó a los policías, no pidieron la documentación a ninguna persona de aparente raza caucásica. Al preguntar a los agentes por qué pedían la documentación solo a personas de rasgos latinos o negros, aquellos contestaron que se trataba de un dispositivo antiterrorista.
En la era post 11-S y 11-M, el control queda amparado por el terror.
En el año 2009, el ministro del Interior negó que existieran las redadas racistas con objeto de expulsar a extranjeros indocumentados. No era necesario que ley alguna lo expresara explícitamente. La propia Constitución recoge el derecho a la igualdad y no discriminación independientemente del lugar de procedencia. Las identificaciones también socavan otro derecho fundamental: el de la libertad de circulación y movimiento.
Aunque el exministro Rubalcaba dijera que no existían, el Sindicato Unificado de Policía anunció en 2009 su preocupación por las identificaciones sin indicio de comisión de delito. No puede negarse algo que todos vemos a diario.
La existencia de redadas racistas policiales ha sido denunciada por diferentes organizaciones. En 2011, por Amnistía Internacional en el informe “Parad el racismo, no a las personas” [PDF]. En 2014, por las Brigadas Vecinales de Observación de Derechos Humanos en “Persecución y acoso policial. La persistencia de los controles de identidad por perfil étnico” [PDF]. En el mismo año, por la Campaña Estatal por el Cierre de los CIE en “Paremos los vuelos” [PDF]. Y no solo con informes, también con quejas al Ministerio del Interior, a la Fiscalía Superior de la Comunidad de Madrid y a la Defensoría del Pueblo.
Y aún hay más, no se vayan todavía. El Relator Especial de la ONU sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial y xenofobia visitó España en enero de 2013 y expresó su consternación por la información que había recibido. Identificaciones “basadas en perfiles étnicos y raciales” dijo, “realizados en lugares públicos y barrios donde hay una alta concentración de extranjeros con la finalidad de detener a aquellos que se encuentran en situación irregular”.
Al año siguiente, España contestó en su informe al Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (CEDR) lo siguiente: la Comisaría General de Extranjería y Fronteras dictó una circular en enero de 2010 que había suscitado “cierta confusión susceptible de derivar en interpretaciones erróneas”. Por ello, en mayo de 2012, la Policía rectificó con una nueva circular sobre identificación de ciudadanos, la cual señalaba que el desarrollo de los planes y dispositivos operativos selectivos “debe evitar toda práctica que pudiera conllevar una restricción indebida de los derechos y libertades de los inmigrantes, prohibiéndose en este sentido el establecimiento de cupos de identificación o detención de extranjeros a cualquier unidad del Cuerpo Nacional de Policía, evitándose igualmente actuaciones masivas o indiscriminadas basadas únicamente en criterios étnicos”.
Es decir: existir, existían.
Según las mencionadas Brigadas Vecinales, la presión de la ONU, las campañas y las denuncias solo han conseguido que se hayan “variado ligeramente” la forma de realizar los controles “de forma que resulten menos visibles y descarados”.
O sea que: haberlas, haylas.
Estas identificaciones son la puerta de entrada a los CIE del 36 por ciento de las personas que pasan por ellos, según el Servicio Jesuita de Migrantes (SJM) en su Informe de 2015. Una vez dentro ven cómo sus derechos humanos son vulnerados. Se encuentran privadas de libertad en un régimen más próximo a una prisión que a un establecimiento no penitenciario destinado a la custodia preventiva y cautelar, tal y como establece el Reglamento de Funcionamiento de los CIE.
Esta entrada es parte del proyecto realizado con la Ayuda Fundación BBVA a Investigadores y Creadores Culturales 2016. La Fundación BBVA no se responsabiliza de las opiniones, comentarios y contenidos incluidos en el proyecto y/o los resultados derivados del mismo, los cuales son total y absoluta responsabilidad de sus autores.
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