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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

La nacionalización de YPF

A través de la historia, los intereses de Estados soberanos han tenido mayor prioridad que las obligaciones contratadas con empresas extranjeras.

Tres décadas de era neoliberal, y de la ultramundialización del capitalismo corporativo que hemos vivido, parecen haber borrado esta memoria. Divergencias entre las prioridades del Estado argentino y las de Repsol fueron la causa de la nacionalización de YPF. El hecho de que Repsol, a pesar de una fuerte y creciente demanda interna, fuese incapaz de aumentar su producción en Argentina, al serle más lucrativo importar recursos energéticos, es la clave de esa decisión.

Sería ingenuo pensar que el Gobierno de un país como Argentina, que ha sufrido intensamente los efectos de políticas neoliberales, fuese a abdicar su responsabilidad de velar por los intereses de la nación ante dicha situación.— Luis Suárez-Villa. Catedrático, Universidad de California, School of Social Ecology. Irvine, California, Estados Unidos.

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Leo con atención todas las informaciones que publican sobre la expropiación de Repsol por el Gobierno argentino y he encontrado multitud de errores, especialmente en lo referente a la entidad CIADI, del Banco Mundial, que muy probablemente será el organismo al que acuda Repsol para dirimir el conflicto. Los errores van desde la afirmación de que CIADI está domiciliado en París hasta que este es el organismo que juzgará el conflicto o “se pronunciará sobre la demanda de Repsol” (El Acento: Seseña Ecuatorial, EL PAÍS, 19 de abril de 2012).

El Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (ICSID en sus siglas inglesas), con sede en Washington, es uno de los miembros del llamado Grupo Banco Mundial, cuyo objetivo es la contribución al desarrollo de países pobres. CIADI constituye un incentivo para que las empresas inviertan en estos países.

El organismo no juzga ni dicta sentencias sobre los contenciosos relativos a inversiones, quien lo hace es un tribunal compuesto por un número impar de árbitros, generalmente tres. Cada parte nombra un árbitro (que es normalmente un abogado experto en estos temas) y estos nombran al tercero. Si no hay acuerdo, este último es nombrado por CIADI, normalmente de entre una lista de árbitros (panel) propuestos por los países miembros. Cada país tiene el derecho de proponer cuatro de estos árbitros.

El papel principal de CIADI es vigilar que el tribunal de árbitros cumpla con las normas de procedimiento del organismo. Una vez dictada la sentencia (laudo arbitral), el demandante tendrá que ejecutarla, lo que no es sencillo y puede llevar años.— Luis Dodero Jordán, exvicepresidente del Grupo Banco Mundial. Madrid.

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