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Los activistas anti-AVE que lanzaron tartas a Barcina se arriesgan a seis años de cárcel

La protesta, con agresión a tartazos incluida, podría salirles muy cara. El juez de la Audiencia Nacional mantiene imputados por atentado a la autoridad a los tres activistas de la plataforma anti-AVE Mugitu que el pasado 27 de octubre lanzaron tres tartas a la presidenta de Navarra, Yolanda Barcina, durante una reunión de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos en Toulouse (Francia). El delito conlleva penas de entre cuatro y seis años de cárcel.

Gorka Ovejero, teniente de alcalde del Ayuntamiento de Arruazu (Navarra); Julio Martín Villanueva e Ibon García Garrido acudieron ayer a la Audiencia Nacional, pero una vez ante Santiago Pedraz, el juez que investiga la agresión, se negaron a responder preguntas. Su abogado, Gonzalo Boye, lo justificó por la existencia de otro proceso abierto en Francia por los mismos hechos y por los que se encuentran imputados otros cuatro activistas más, todos ellos franceses, que también participaron en la agresión. El letrado entiende que es en ese país donde debe juzgarse a sus clientes por ser el lugar donde se cometió el delito. Boye considera, además, que la agresión a Barcina constituye una falta que conllevaría como sanción una multa.

Pedraz, sin embargo, aprecia serios indicios de delito de atentado al cumplir todos sus requisitos. En primer lugar, que la víctima sea una autoridad y se halle en ejercicio de sus funciones. Barcina es presidenta de una comunidad autónoma y como tal acudió a la reunión de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos. El juez considera, además, que los tartazos constituyen una agresión dirigida "a atacar a la autoridad". El juez recuerda, además, que los activistas buscaban "no ocasionar daños físicos" a Barcina, sino "dañar la imagen de la autoridad que representa", como aseguraron los imputados en una conferencia de prensa posterior a la agresión. Esa intención de dañar la imagen demuestra, según el magistrado, la intención de "ofender, denigrar o desconocer el principio de autoridad", que lo convierte en delito.

En el caso de Gorka Ovejero, por su condición de teniente de alcalde de Arriazu, la sanción podría ser aún mayor, al haber asistido a la reunión en la que se produjo la agresión como miembro de una corporación municipal. El artículo 552.2 del Código Penal establece prisión de nueve años para los acusados de atentado que cometan la agresión aprovechando "su condición de autoridad, agente de esta o funcionario público".

La gravedad de las penas que acarrean los delitos imputados motivó que se hayan adoptado medidas cautelares contra ellos. Los tres tendrán que comparecer cada lunes ante el juzgado más próximo a su domicilio, tienen prohibido salir de España y deberán entregar su pasaporte. En caso de que la Justicia francesa los llame a declarar, tendrán que pedir autorización para desplazarse a ese país al Juzgado Central 1, que dirige Pedraz.

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