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Reportaje:

¿El puñetazo que nunca existió?

Un hombre fue condenado por romperle la nariz a un vecino pero nuevas pruebas sugieren que las lesiones son previas a la denuncia

Ya había tramitado el indulto parcial para evitar la cárcel cuando el caso dio un giro inesperado. David Carballo Nieto, un carpintero de la localidad coruñesa de Rois, de 36 años, fue condenado a tres años de prisión por deformarle el tabique nasal a un vecino, un relojero de Padrón y ex cliente del sentenciado, al que le debía el dinero de una obra. La condena, irremisiblemente, le obliga a ingresar en la cárcel, donde tendrá que permanecer al menos durante 12 meses a no ser que ahora, por indulto del Gobierno, se le rebaje la pena.

Pero la publicación en la prensa de su severo castigo, reconocido así por el propio tribunal que aplicó a rajatabla el Código Penal, abre una esperanza para poder demostrar que no hubo tal puñetazo y que las lesiones de la víctima podrían incluso ser anteriores a la denuncia.

Ha recibido unas fotos que pueden apoyar la revisión de la sentencia

Nada más salir publicada la noticia sobre el incidente que enfrentó al carpintero y al relojero con el veredicto final de los jueces, David Carballo comenzó a recibir llamadas y visitas de sus convecinos. Muestras de solidaridad y apoyo incluso por parte de algunos que eran allegados a su contrincante en el banquillo, del que llegaron a facilitarle fotos que podrían servir de prueba para pedir al tribunal la revisión de la sentencia.

Los abogados de Carballo valoran esta posibilidad ante las evidencias que han aparecido y estudian de qué manera estos testigos pudieran dar un vuelco al caso si es que efectivamente demuestran que las lesiones en el tabique nasal que sufrió Manuel Rodríguez Carnota no fueron consecuencia del golpe. De hecho, estas secuelas, corroboradas por un forense durante el juicio, fueron valoradas por el tribunal como la única prueba de cargo para condenar al acusado.

"Todo habría quedado igual si la noticia no hubiese salido en el periódico y tal vez ahora pueda demostrar que no hubo sangre porque el puñetazo nunca existió", apunta David Carballo. "Recibí muchas llamadas y me paraban por la calle para animarme. Y eso que no quise darle más trascendencia porque tenía miedo que me perjudicara salir en la prensa, por eso preferí no seguir con el tema en otros medios como la televisión, que también me llamó", comenta el carpintero.

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"Ahora quiero terminar cuanto antes con esta pesadilla. Y mientras se tramita el indulto, si los abogados consideran que las pruebas que ahora tengo son válidas para demostrar mi inocencia, lo haré, porque es muy duro que tengas que ir a la cárcel por algo que no hiciste", se lamenta el carpintero.

La sentencia dio absoluta credibilidad a la versión de los hechos que hizo el denunciante. Pero, sobre todo, estimó las consecuencias del golpe, porque según el fallo la víctima precisó de cirugía para paliar las secuelas físicas: "Se trata de deformidad o imperfección estética que rompe la armonía facial y es por tanto un estigma visible y permanente", dijeron los jueces.

El tribunal reconoció que "la situación de tensión y conflicto de intereses" entre acusador y acusado fue el móvil del incidente, pero no entró a valorarla. David Carballo le reclamaba una deuda a Manuel Rodríguez por unos trabajos de carpintería de aluminio que hizo en su casa, pero este alegó que el carpintero no había cumplido los plazos de entrega que supuestamente habían estipulado.

Ambos coincidieron en un cruce de carreteras cuando circulaban en sus vehículos a las 11 de la mañana del 29 de agosto de 2008. Cuando los coches se cruzaron en sentido contrario y en paralelo, el acusado se bajó y se acercó a la ventanilla de su víctima, dándole un puñetazo en la cara, según el relato del fiscal.

Pero el denunciante dijo en el juicio que el acusado le lanzó un escupitajo cuando los vehículos se cruzaron, que luego bajó del coche y le dio un puñetazo a través de la ventanilla. Para el carpintero, Manuel Rodríguez se rió burlonamente de él cuando cruzaron sus miradas, lo cual le incitó a frenar y apearse del vehículo. Al acercarse a la ventanilla, el relojero intentó salir y se golpeó la cara con la puerta porque al abrirla el acusado la paró con las manos.

Manuel Rodríguez aportó partes médicos de que sufrió una contusión en la pirámide nasal con desplazamiento del tercio inferior del tabique y herida incisiva en el labio superior. Por ello, preciso de 21 días para curarse de las lesiones, siete de los cuales estuvo incapacitado para trabajar.

La condena también conlleva el pago de una indemnización de casi 5.000 euros por los daños estéticos generados a su víctima, además de los gastos de la cirugía reparadora a la que tendrá que someterse. "Es apreciable que la pena es severa, teniendo en cuenta que no consta peligrosidad en el acusado y dado su esfuerzo por paliar las consecuencias de sus actos con el pago de una indemnización, pero el delito no permite su suspensión aunque pueda valorarse la concesión de un indulto parcial", concluyó la Sala.

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