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Elecciones 27M | FALTAN 16 DÍAS

El Constitucional avala la anulación de listas

El tribunal afirma que la ilegalización de ANV "pudiera haber resultado desproporcionada"

El Tribunal Constitucional desestimó anoche por unanimidad los recursos de amparo electoral interpuestos por la izquierda abertzale contra el auto de la Sala Especial del Tribunal Supremo y confirmó la anulación de las listas de 237 agrupaciones electorales de Abertzale Sozialistak y de 133 candidaturas del partido Acción Nacionalista Vasca (ANV). El Constitucional respalda plenamente en su sentencia las tesis que han venido defendiendo el Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, y paralelamente el ministerio fiscal: ha avalado que no se impugnase la totalidad de las listas de ANV; considera que la ilegalización de este partido "pudiera haber resultado desproporcionada" y no descarta que pueda determinarse "su disolución en el futuro".

Los recursos se tramitaron como amparos electorales, por lo que las sentencias fueron dictadas apenas iniciada la campaña, poco después de la medianoche. Los seis magistrados de la Sala Primera se habían encerrado a las cuatro de la tarde para deliberar sobre las alegaciones que habían presentado ANV, el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado. Las sentencias, una sobre AS y otra sobre ANV, se notificaron tras más de ocho horas de deliberaciones.

Según la sentencia de ANV, de la que ha sido ponente Manuel Aragón, el abogado del Estado y el fiscal no han impugnado todas las candidaturas presentadas por este partido al 27-M al entender que no podían extenderse hasta ese punto "en el momento en que ejercitan su acción". Pero sí que han procurado impedir que las listas contaminadas por Batasuna concurran a la contienda electoral.

Así, el Constitucional avala fórmula elegida por el Gobierno y el Fiscal para impugnar las candidaturas de ANV al señalar que si se sospecha de que con algunas candidaturas presentadas por un partido se pretende dar continuidad a otro ilegalizado, "los poderes públicos no pueden dejar de reaccionar frente a esa maniobra defraudatoria, impidiendo la proclamación de aquellas candidaturas".

Es decir, Batasuna pretendía concurrir al 27-M sirviéndose de un partido ya inscrito, ANV, aunque inactivo en los últimos años y reactivado precisamente con este fin defraudatorio. Sin embargo "la disolución y hasta la suspensión de ANV, en razón de esa sola circunstancia, hubiera planteado el problema de si cabría entenderla manifiestamente desproporcionada".

En cambio, los magistrados apuntan que el hecho de que la ilegalización se estime en estos momentos impracticable no implica que no fuera obligado arbitrar otras medidas, puesto que los candidatos que hubieran sido elegidos fraudulentamente continuarían en su mandato incluso aunque el partido fuera disuelto después.

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La circunstancia de que buena parte de las candidaturas presentadas por ANV responden al designio de una maniobra defraudatoria "ha quedado acreditada con la identificación de una trama conformada por un conjunto de candidaturas articuladas alrededor de una dirección separada de la oficial de aquel partido".

Sin embargo, al no haberse alcanzado "el punto en que la trama defraudatoria se confunda con la dirección formal del partido, la disolución de éste pudiera haber resultado desproporcionada", concluyen los magistrados. "Con la anulación de la proclamación de candidaturas se ha procedido, en realidad, a la disolución de una suerte de partido de facto, constituido con el solo propósito de defraudar una sentencia de ilegalización", añaden los jueces.

Tras aceptar que el Tribunal Supremo ha hecho una "valoración razonable" sobre la ponderación de los bienes en conflicto, el Constitucional resume el proceso en tres aspectos: en primer lugar, ha quedado acreditada una operación política del llamado complejo Batasuna, en parte consumada, para utilizar, con fines de sucesión política, un elevado número de candidaturas electorales de ANV.

En segundo lugar, que dicha constatación jurisdiccional no ha afectado al partido en sí mismo, sino sólo a las candidaturas que fueron objeto de controversia. Por último, dicen que la decisión del Supremo no puede tacharse de contraria al derecho de acceso a los cargos públicos al estar fundamentada "de manera inequívoca" la probada utilización del partido legal por el disuelto.

En otra sentencia notificada anoche, el Constitucional respalda la nulidad de las 237 agrupaciones electorales de la marca Abertzale Sozialistak (AS), la marca impulsada directamente por Batasuna.

Acto de inicio de campaña de ANV ayer en el frontón de la Esperanza de Bilbao.
Acto de inicio de campaña de ANV ayer en el frontón de la Esperanza de Bilbao.SANTOS CIRILO

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