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El Supremo mantiene la nulidad del impuesto de sociedades vasco

El Tribunal Supremo ha rechazado el incidente de nulidad planteado por las diputaciones forales de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava contra la sentencia dictada en diciembre pasado, en la que anuló las principales ventajas que contenía el impuesto de sociedades vigente en Euskadi respecto a la normativa común. Ante un recurso de casación planteado por la patronal de La Rioja, el Supremo estableció que los incentivos más descollantes del impuesto vasco, incluido su tipo general del 32,5% (2,5 puntos por debajo del vigente en el resto de España), deben ser considerados ayudas de Estado.

La presentación del incidente de nulidad fue una maniobra desesperada de las diputaciones para evitar una sentencia que desmantela en la práctica su impuesto de sociedades. El diputado general de Vizcaya, el peneuvista José Luis Bilbao, reconoció ayer que hubiera sido un milagro que el Supremo aceptara revisar su sentencia; como lo sería que el Constitucional estimara el recurso de amparo que se presentó simultáneamente.

Las diputaciones van a aprobar una "norma puente" para llenar el vacío legal creado por la anulación, mientras elaboran un nuevo impuesto de sociedades en consonancia al que estudia el Gobierno.

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