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RELACIONES LABORALES | LEY DE IGUALDAD

El acoso será causa de despido y el empresario tendrá que prevenirlo

El borrador establece que el acoso por razón de sexo (sea o no de índole sexual) en el trabajo podrá acarrear el despido disciplinario de quien lo practique. Actualmente, el Estatuto de los Trabajadores no menciona ese término. Pese a ello, las conductas acosadoras suelen englobarse dentro de una de las causas previstas para ese tipo de despido, "la transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo" (artículo 54 del estatuto).

Además, la víctima del acoso por razón de sexo podrá decidir la rescisión de su contrato por incumplimiento empresarial tanto si esa conducta ha sido obra del empresario como de otro empleado y siempre que la compañía haya conocido esa situación sin tomar medidas para evitarla. De hecho, el borrador establece que el empresario "adoptará medidas de vigilancia y control para comprobar la existencia de las conductas de acoso y acoso sexual".

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Por otra parte, el documento también establece que los poderes públicos deberán incluir en su quehacer el principio de igualdad. Deberán tenerlo en cuenta a la hora de legislar y, antes de aprobar leyes, tendrán que medir previamente el impacto de las actuaciones en hombres y mujeres (este informe de impacto de género es preceptivo desde 2003 para los proyectos de ley y los reglamentos). El principio de igualdad se integrará "de forma específica" en la política económica, laboral, social y educativa.

Él borrador, que plantea las líneas generales de la futura ley, establece el reconocimiento de la maternidad como un derecho y la interdicción expresa de "las conductas de discriminación que se produzcan por esa causa".También establece que las medidas de conciliación de la vida personal y laboral deberán dirigirse a remover los obstáculos para el acceso al empleo, a las condiciones de trabajo igualitarias o a la promoción profesional derivadas de la atención a la vida familiar. Sólo el 3,5% de los trabajadores que toman las principales medidas de conciliación (reducción de jornada o excedencia por el cuidado de hijos o familiares dependientes) son hombres, según el Consejo Económico y Social.

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