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El Supremo anula la sanción a los jueces que excarcelaron a El Negro

Dos de ellos no podrán volver a la Audiencia

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha estimado los recursos de los magistrados de la Sección Cuarta Penal de la Audiencia Nacional que excarcelaron al narcotraficante Carlos Ruiz Santamaría, El Negro, y ha anulado las sanciones de suspensión que les impuso el Consejo General del Poder Judicial. Dos de los tres jueces suspendidos no podrán regresar a la Audiencia ya que pidieron voluntariamente el traslado antes de sufrir la sanción.

El Poder Judicial cree que tendrá que "reorientar" su potestad disciplinaria
El 'narco' se fugó 23 días antes de un juicio en el que se enfrentaba a una petición de 60 años

El Consejo General del Poder Judicial impuso en 2002 la sanción de siete meses de suspensión de funciones al presidente de la Sección Cuarta Penal de la Audiencia Nacional, Carlos Cezón, y de seis meses a los magistrados Carlos Ollero Butler y Juan José López Ortega por una falta muy grave de desatención al decretar la libertad provisional del narcotraficante Carlos Ruiz Santamaría, El Negro, sobre la base de un informe psiquiátrico que advertía que el preso tenía tendencias suicidas.

Ruiz Santamaría estaba considerado por la Fiscalía Antidroga como el comisionado de los carteles de Bogotá y de la Costa para el desembarco de cocaína en Europa y fue excarcelado después de depositar una fianza de 30.000 euros, 23 días antes de que se celebrase su juicio.

El informe del psiquiatra de la prisión puso de manifiesto la existencia de un "trastorno bipolar con tendencias suicidas", para el que sólo se recomendaba un "tratamiento ambulatorio"; pero la Sección Cuarta Penal decidió su libertad bajo fianza. La Fiscalía Antidroga pedía para él 60 años de cárcel y 69.000 millones de multa por coordinar la introducción en España de más de 10 toneladas de cocaína "de altísima pureza" y 208 kilos de heroína. Tras su salida en libertad se dio a la fuga y no ha vuelto a ser encontrado.

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En julio de 2002, el Consejo General del Poder Judicial, con los votos de los 11 magistrados del sector conservador, y 9 votos en contra, impuso a los tres magistrados la sanción de siete meses de suspensión por desatención en la tramitación del proceso a Carlos Cezón, como ponente de la resolución, y de seis meses a López Ortega y Ollero. El vicepresidente Fernando Salinas y los vocales Montserrat Comas, Alfons López Tena y José Antonio Alonso firmaron sendos votos particulares oponiéndose a la medida.

Durante la tramitación del expediente disciplinario, los jueces Carlos Cezón y Juan José López Ortega pidieron voluntariamente un cambio de destino a la Audiencia Provincial de Madrid, donde hoy ejercen en una de las secciones de lo civil, el primero, y en un tribunal penal López Ortega. Ollero cumplió su sanción pero permaneció en la Audiencia Nacional.

Según fuentes judiciales, al haber cambiado voluntariamente de destino, Cezón y López Ortega no serán reintegrados automáticamente a la Audiencia Nacional como en el caso de que hubieran sido sancionados con un traslado forzoso.

El Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo acordó por mayoría de 17 votos a 9 estimar en su totalidad los recursos de los tres magistrados, que deberán ser reintegrados en los salarios dejados de percibir durante los meses que permanecieron suspendidos. De la asistencia al Pleno se excusaron los magistrados Octavio Herrero, Margarita Robles, Celsa Picó y Juan Manuel Bandrés.

Según fuentes judiciales, la Sala Tercera ha entendido que la libertad bajo fianza de El Negro es una decisión jurisdiccional que en modo alguno es sancionable en vía disciplinaria. Según esas fuentes, la decisión sobre las medidas cautelares que adopta un tribunal pertenecen al núcleo del ejercicio de la potestad jurisdiccional en la que el Consejo General del Poder Judicial no puede entrar por la vía disciplinaria, ya que sería tanto como aceptar que las resoluciones de los tribunales pueden ser revisadas en vía gubernativa.

La Sala rechaza también los argumentos del Consejo del Poder Judicial de que las medidas cautelares adoptadas no tuvieron en cuenta "la personalidad del afectado ni las gravísimas penas solicitadas por el Ministerio Fiscal", o que el tribunal que excarceló a El Negro actuó con distracción o ligereza. La sentencia señala, por el contrario, que la resolución jurisdiccional se acordó tras la deliberación de los tres jueces. El magistrado Juan José González Rivas, ponente de los recursos de López Ortega y Ollero, ya ha anunciado que emitirá un voto particular que, al parecer, no será el único. El presidente de la Sala Tercera, Ramón Trillo, llamó a los magistrados para notificarles el fallo.

El portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Enrique López, manifestó ayer que el organismo deberá reorientar su labor disciplinaria tras la decisión del Supremo. "El CGPJ deberá proceder a hacer una lectura muy atenta de esa sentencia para orientar en un futuro nuestra labor disciplinaria", afirmó el portavoz".

Asimismo, el portavoz del órgano de gobierno de los jueces señaló que el Consejo "respeta y acata" las decisiones judiciales, "máxime cuando esa resolución tiene como causa una decisión adoptada" por el propio Consejo.

La Audiencia Nacional recibió con satisfacción la anulación de las sanciones, según fuentes próximas a su presidente, Carlos Dívar. El presidente de la Sala de lo Penal, Javier Gómez Bermú-dez, llamó por teléfono a los tres magistrados para felicitarles.

El magistrado Juan José López Ortega.
El magistrado Juan José López Ortega.RICARDO GUTIÉRREZ

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