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El Superior anula el artículo sobre retribuciones del programa Auzolan

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado nulas las disposiciones del programa Auzolan para la inserción laboral de personas en riesgo de exclusión social relativas a la retribución y duración del contrato. El fallo judicial estima el recurso presentado por el sindicato ELA contra el artículo que establecía una duración del contrato de seis meses y como retribución fijaba el salario mínimo interprofesional en la parte que corresponda por dedicación parcial, sin tener en cuenta que los trabajadores acogidos al programa Auzolan pudieran beneficiarse de convenios colectivos con mejores condiciones laborales.

Los portavoces de ELA destacaron que la sentencia apoya la reinserción de los parados "desde la dignificación del trabajo y no desde la precariedad" y criticaron el apoyo y las subvenciones del Gobierno vasco a "la precarización y la discriminación laborales".

El fallo judicial, según los cálculos de ELA, puede permitir que varios miles de personas que han participado en el programa desde su creación en 2000 reclamen cantidades superiores a los salarios recibidos o exigir que los contratos tengan carácter indefinido. También puede darse el caso de personas que estén en condiciones de denunciar un despido improcedente.

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