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La Generalitat limita su control sobre la obra social de las cajas

El nuevo decreto catalán de cajas, que se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGC) el último día laborable antes de las elecciones autonómicas del pasado domingo, presenta un cambio inesperado que ha suavizado el rechazo contundente generado en las cajas catalanas por el refuerzo de la capacidad de control del Ejecutivo autónomo sobre los recursos destinados a la obra social. En su artículo 55, el decreto limita esta capacidad supervisora de la Administración sobre lo anunciado.

El artículo 55 del decreto crea una comisión mixta de 11 miembros entre la Federación Catalana de Cajas y el Gobierno de la Generalitat para que aborden conjuntamente qué hacer con la obra social, y en ella el consejero de Economía cuenta con un voto de calidad para un posible desempate.

Pero al explicar las funciones de esta comisión, el decreto se remite al artículo 4 del decreto legislativo 1/1994, que limita el papel de la Generalitat a "una tarea orientadora en materia de obra social, señalando carencias y prioridades, respetando la libertad de cada caja sobre la elección de las inversiones concretas". En el texto anterior, la referencia legislativa (artículo 47d) hablaba de "planificación" de la obra social y de "propuesta al Consell Executiu de las inversiones básicas para obra social".

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