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Interpretaciones dispares

Las sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid discrepan en la interpretación de la liquidación que había que hacer a Andalucía, y que viene recogida en las leyes de presupuestos. En concreto, la discrepancia se produce al interpretar esta frase: "La liquidación definitiva se realizará con arreglo al sistema de financiación adoptado, o el que en su día se adopte, para estas comunidades autónomas por acuerdo de su respectiva comisión mixta".

La Audiencia Nacional entiende que el artículo entero se refiere a las comunidades que no aceptaron el sistema vigente entre 1997 y 2001, por lo que la liquidación afecta a Andalucía y ha de cumplirse. "Tal interpretación es la única posible si atendemos a que las entregas a cuenta y la liquidación definitiva son fases de un mismo proceso de participación en los ingresos del Estado, que no admiten una separación", afirmaba la Audiencia Nacional.

Sin embargo, el TSJM entiende que para que se haga la liquidación debe haber "sin excepción alguna" un acuerdo de la comisión mixta de transferencias. La sentencia añade que si la Junta de Andalucía sufrió "insuficiencia financiera no sería imputable al Estado sino a la propia recurrente al no haber hecho las previsiones correctas".

La consejera de Economía, Magdalena Álvarez, interpretó que la sentencia da la razón a la Junta en el sentido de que debe ser la comisión mixta de transferencias la que fije la liquidación. "Exigimos al Gobierno central que acate la sentencia, que concrete la cifra, que nosotros aceptamos la que el Gobierno central nos propuso las Navidades del año pasado y por lo tanto esas cifras las lleve a la comisión mixta", dijo.

La presidenta del PP, Teófila Martínez, instó ayer a la Junta a negociar con el Gobierno la liquidación y que no ponga "trabas" a un posible acuerdo.

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