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El fiscal considera una falta el disparo de un policía que mató a una mujer

El fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Jesús García Calderón, solicitó ayer el sobreseimiento de la causa que se sigue contra un policía local de Granada por el disparo que efectuó contra un perro que le atacaba y que fortuitamente hirió mortalmente a la dueña del animal. El fiscal considera que la actuación del policía no es constitutiva de un delito de homicidio imprudente, sino de una falta de imprudencia leve.

Los hechos ocurrieron el 12 de junio de 2002. El policía local Juan Manuel R.M. acudió con otros compañeros a efectuar un deshaucio en la casa de María Dolores Morales, de 72 años, que habitaba con su hijo y varios perros, uno de ellos un cruce de mastín y pastor alemán de gran tamaño. Según las investigaciones del fiscal, el perro comenzó a atacar a los agentes y ni siquiera pudo ser reducido por un lacero experto que los acompañaba. Los agentes se vieron obligados a salir de la casa, un solar en la Plaza Albert Einstein, de Granada, sin percatarse que uno de sus compañeros había quedado en el interior, con la puerta cerrada.

El perro comenzó a atacar al policía local que, tras arrojarle varios objetos, sacó su arma y disparó contra él. La bala rebotó fortuitamente en el suelo, como hace constar la investigación de la Jefatura Superior de Policía de Granadda, e hirió a María Dolores Morales en una pierna. A causa de las heridas y de su estado de salud, según la Fiscalía, la mujer moriría unos días después en el hospital.

Mordeduras

El fiscal considera que está "acreditado a lo largo de la instrucción que el agente imputado fue mordido y sufrió lesiones en un brazo por el ataque del perro, y es obvio que la intención del animal era persistir en el ataque, por lo que la utilización del arma reglamentaria, teniendo en cuenta las circunstancias del caso, no puede entenderse como desproporcionada".

A juicio de la fiscalía, todas las circunstancias que rodearon el suceso "ponen de manifiesto la dificultad de incardinación de los hechos en el tipo del delito de homicidio por imprudencia (...) pudiendo estimarse la aplicación de una falta de imprudencia con resultado de muerte".

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Jesús García Calderón cita otros precedentes similares, como una persona que resultó muerta durante una persecución por un disparo de un agente de la Policía Nacional que rebotó y la hirió de muerte. También recurre al precedente de una sentencia del Tribunal Supremo de 1997 en la que se analizaba el caso de un agente de la Guardia Civil que trataba de disparar a las ruedas de un vehículo en fuga y que apretó el gatillo justo en el momento en que el coche policial pisó un bache, lo que cambió por completo la trayectoria de la bala e hirió mortalmente a uno de los ocupantes del automóvil en fuga. "El hecho anterior tiene notables similitudes con el presente" por el rebote fortuito.

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