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La Audiencia de Madrid absuelve de fraude a los suministradores de papel del BOE

El tribunal no encuentra pruebas de que la fallecida Carmen Salanueva recibiese dinero

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a los seis acusados de un supuesto fraude a Hacienda superior a 775 millones de pesetas en la compra de papel por el Boletín Oficial del Estado (BOE) entre 1989 y 1991, por no haberse acreditado que se pagase un precio superior al del mercado. El fiscal también acusaba a la entonces directora general del BOE, Carmen Salanueva, que falleció en enero de 2000, y al ex jefe del Departamento de Producción de ese organismo Julio Fernández González, muerto también antes de la celebración de la vista oral.

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El fiscal acusaba a los seis procesados, intermediarios, suministradores y transportistas de papel prensa para el BOE, de haber planeado que se pagase por el papel suministrado un precio superior al que correspondía a precio de mercado, y argumentó que los peritos han determinado que el sobreprecio pagado en perjuicio de la Hacienda Pública superaba los 775 millones de pesetas.

El tribunal, tras examinar varios peritajes, argumenta entre otras cuestiones que las pericias practicadas 'nos introducen como mínimo una incertidumbre que nos impide dar por probado, con la certeza que requiere una sentencia de condena, que efectivamente se hubiese pagado un precio superior al de mercado por el papel adquirido por el organismo autónomo'.

Las contrataciones se llevaron a cabo por el procedimiento de contratación directa, pero, señala la sentencia, 'no ha quedado acreditado que lo fueran ninguna de ellas por precio distinto del que realmente hubiera tenido en el mercado el papel suministrado en cada una de las adjudicaciones'.

Dos de los suministradores, en agradecimiento por haber sido elegidos, entregaron dos talones de 6,3 y 3,1 millones de pesetas, que fueron cobrados por Jack Kelly, un broker ya fallecido.

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La sentencia afirma que el intermediario fallecido regaló a la directora general del BOE, Carmen Salanueva, un samovar de plata -recipiente para la preparación de té- por importe de 600.000 pesetas y pagó con un cheque por importe de un millón de pesetas un centro de mesa de plata destinado al domicilio de aquella.

Sin embargo, el tribunal dice que 'no ha quedado acreditado' que el dinero entregado al intermediario llegase a poder de Carmen Salanueva.

Según la sentencia, ni por sus declaraciones, 'ni tampoco a través del rastreo de la contabilidad resulta posible llegar a concluir que llegase a manos de la directora general del BOE cantidad alguna de dinero' de las arcas de alguno de las empresas investigadas.

El tribunal aprecia un 'movimiento extraño' en las cuentas de Carmen Salanueva en las fechas en que se cobraron los talones por parte del broker Jack Kelly, quien, sin embargo, negó en sus declaraciones que Salanueva fuese destinataria del dinero. Dicho movimiento, de 2,3 millones de pesetas, el tribunal lo considera compatible con un escrito firmado por una hermana de Carmen Salanueva en el que se dice que prestó a ésta tres millones de pesetas. El tribunal considera este escrito favorable a los procesados, por lo que admite como 'posible' la hipótesis del préstamo y al tener dudas de que el dinero llegara a Salanueva, decide absolver del delito de cohecho a dos de los suministradores de papel.

Zona oscura

'Nos encontramos con una zona oscura', dice la sentencia absolutoria, 'en la que no debemos resolver en contra del reo, y por ello no podemos dar por probado que la información de la que se vale Jack Kelly se la proporcionase Salanueva, ni que ésta estuviese de acuerdo con él a la hora de repartir los beneficios que de ella pudieran derivarse'.

El tribunal rechaza la restitución que solicitan las acusaciones del samovar y el centro de plata regalados por Kelly a Salanueva, porque ese aspecto 'implicaría entrar a enjuiciar la conducta de ambos, lo que no hemos de hacer desde el momento en que tanto Kelly como Salanueva han fallecido'.

La sentencia desestima también la pretensión de las acusaciones de que Gloria Nistal, que convivía con Carmen Salanueva, indemnice por el samovar y el centro de plata, ya que 'aún admitiendo que el origen de los mismos fuera de una ilícita procedencia, tendría que haberse probado que Gloria Nistal era conocedera de tal circunstancia, lo que no se ha hecho, sin que por el mero hecho de convivir con Carmen Salanueva se pueda presumir ese conocimiento'.

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