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Prisión para nueve de los acusados por el crimen de la Villa Olímpica

Miquel Noguer

Seis meses después, la Audiencia ha enmendado la plana al juez instructor que con la decisión de dictar la libertad provisional creó una auténtica tormenta y el desconcierto general ante el cambio súbito de criterio amparado en un supuesto retraso de algunas pruebas. El mismo juez había declarado, tras la detención de los acusados, que éstos eran un auténtico 'peligro social'. Cuando los envió a la cárcel, el mismo juez afirmó: 'la ciudad ya puede dormir tranquila' para subrayar la peligrosidad de los acusados.

Ahora, el auto de la Sección Sexta de lo Penal de la Audiencia de Barcelona estima los recursos contra la libertad de los acusados presentados por la familia de la víctima, la fiscalía y los ayuntamientos de Barcelona y Santa Coloma de Gramenet, ciudad donde residía el fallecido. Sin embargo, la orden de prisión no incumbe al principal acusado por el asesinato, Valentín Moreno, a quien en el momento de los hechos aún le faltaban unas horas para cumplir los 18 años, la edad mínima para afrontar un proceso penal. Moreno será juzgado según la nueva ley del menor, lo que impedirá su ingreso en un centro penitenciario convencional. En caso de ser declarado culpable, Valentín Moreno cumplirá condena en un centro de internamiento de menores.

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Carlos Javier Robledo murió a primera hora de la madrugada del pasado 1 de abril. El joven, de 22 años, salía de la discoteca Back Fire del Puerto Olímpico junto a otros dos jóvenes cuando fue agredido por los 10 inculpados en el proceso, al parecer, por la propiedad de una chaqueta. Carlos Javier Robledo murió justo antes de ingresar en el Hospital del Mar y sus dos compañeros también sufrieron lesiones.

El juez Oubiña respaldó su decisión de poner a los jóvenes en libertad porque, en su opinión, no había motivos para pensar que éstos tratarían de eludir la justicia. El auto de ayer critica esta decisión al afirmar que el punto de vista del juez instructor 'no está respaldado con dato o motivación alguno'.

La Audiencia sustenta su orden de prisión preventiva afirmando que 'los procesados realizaron un hecho de especial violencia y brutalidad' y que lo hicieron 'respondiendo a un plan preordenado, buscando el ardid para atraer a las víctimas', en referencia a la cazadora que los inculpados utilizaron para atraer la atención de la víctima.

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Violencia gratuita

Según los magistrados de la Audiencia Provincial, la violencia utilizada no fue un instrumento para perpetrar el robo que también se produjo, sino que fue 'un fin en sí misma, a modo de 'autoafirmación', lo que 'eleva la probabilidad de repetición'. El auto continúa asegurando que 'ello revela la especial peligrosidad de los partícipes, que podrían repetir hechos semejantes,'.

El auto dictado ayer por los magistrados de la Audiencia también ratifica que el Ayuntamiento de Barcelona no debe ser declarado responsable civil subsidiario del asesinato de Robledo. El juez Oubiña imputó al Ayuntamiento y le exigió una fianza de 200 millones de pesetas al considerar que no actuó con suficiente diligencia para evitar el incumplimiento de horarios de varios bares del Puerto Olímpico.

Sin embargo, la Audiencia de Barcelona ya revocó esta decisión el pasado mes de octubre por entender que no puede establecerse relación alguna entre el suceso y el supuesto incumplimiento de horarios por parte de los establecimientos de la zona.

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Sobre la firma

Miquel Noguer
Es director de la edición Cataluña de EL PAÍS, donde ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona, ha trabajado en la redacción de Barcelona en Sociedad y Política, posición desde la que ha cubierto buena parte de los acontecimientos del proceso soberanista.

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