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Gil pide a la Sala que deje sin efecto la administración decidida por el juez

Jesús Gil y Gil, y su hijo Miguel Ángel Gil Marín, interpusieron ayer ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional un recurso de queja en el que reclaman "que deje sin efecto la intervención y administración de la Sociedad Anónima Deportiva Atlético de Madrid" decidida por el juez central de Instrucción número 6, Manuel García-Castellón, el 21 de diciembre de 1999, acuerdo confirmado el 17 de enero último, al resolver un recurso de reforma presentado por los ex directivos de ese club.El recurso, elaborado por el abogado y catedrático de Derecho Penal Horacio Oliva, desgrana a lo largo de sus 57 folios argumentos históricos, constitucionales e incluso de "sensibilidad jurídica", para oponerse a la decisión judicial, cuya anulación solicita, tras reprochar a García-Castellón que no haya contestado a los argumentos del recurso.

Gil atribuye a la decisión de sustituir la administración del Atlético la vulneración de derechos fundamentales como la tutela judicial y la defensa, ya que, "sin tomar declaración a los imputados (...) ha decidido fijar unos hechos como fundamento fáctico (...) sin contrastar la versión de la acusación". Al margen de otras invocaciones jurídicas, señala que "una mínima dosis de sensibilidad frente al sentido material de la equidad obliga a dispensar audiencia a aquél a quien se va a privar del ejercicio y disfrute de derechos fundamentales". Por el contrario, reprocha que el juez "asume como fundamento el parecer del Ministerio Fiscal".

No al 'decreto Matesa'

El recurso de Gil aduce que "abolido y superado el régimen político anterior, bajo cuyo espíritu -y el de sus Leyes Fundamentales- se pronunció" en 1969 el llamado decreto Matesa, "en nuestro Estado social y democrático de derecho, la intervención de una empresa por un juez de lo penal sólo puede ser acordada como consecuencia accesoria de una pena principal y en los casos previstos normativamente".

Frente a la afirmación de García-Castellón de que tal decreto es constitucional, el recurso de Gil asegura que no es compatible con la Constitución, si bien su inconstitucionalidad sobrevenida corresponde declararla al juez ordinario, no al legislador, a pesar de lo cual la Ley de Enjuiciamiento Civil la derogará en 2001, lo cual no impide, señala, invocar su inconstitucionalidad. Razona que dicho decreto es contrario al artículo 24 de la Constitución, por permitir tomar una medida tan drástica sin oir al acusado, así como al 25, por tratarse de una medida, más que cautelar, "de seguridad predelictual" [de prevención del delito].

Agrega que la designación de un administrador único viola también la ley del Deporte, que prevé "un Consejo de Administración".

Por otra parte, García-Castellón decretó ayer, a propuesta de la Fiscalía Anticorrupción, el secreto de las actuaciones, por entender que los datos divulgados sobre los sueldos de los jugadores y otros detalles perjudican la situación económica de la entidad.

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