El fiscal instruye y protege
La Ley Penal del Menor ofrece la novedad de que el fiscal asumirá funciones de instrucción de las causas penales contra menores, función procesal hasta ahora competencia de los jueces. Pero además el fiscal tendrá encomendada la protección del menor.Como promotor de la acción de la justicia, el fiscal encauzará toda la acusación contra el menor supuestamente infractor, ya que se suprime la figura del acusador popular o particular, si bien la víctima del delito presentará la denuncia al fiscal, que la tramitará.
La función institucional del fiscal como protector de los derechos del menor será compatible con la asistencia letrada, de la que dispondrá el menor desde el inicio de la causa.
Terminada la instrucción, el caso pasará al juez de menores, asistido por el fiscal y equipos de expertos.
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