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El Supremo rechaza el recurso de un homosexual para no hacer la mili

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de un condenado por un delito contra el deber de prestación del servicio militar que alegó ser "homosexual militante" para evitar ingresar en filas y expresó su temor por su integridad física. La Sala Segunda rechaza así el recurso presentado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó a S. G. H. a seis meses y un día de prisión e inhabilitación absoluta por 10 años.La defensa alegó que el acusado es "homosexual militante" y que "temía por su integridad física en el Ejército a causa de la tendencia contraria de esta institución a los homosexuales". Pero la sentencia señala que la homosexualidad "no puede operar a través del estado de necesidad como cauce de justificación [de la objeción de conciencia] fuera del cauce legal de su reconocimiento por el organismo competente al respecto". El tribunal alude así al hecho de que el joven no solicitó oficialmente su reconocimiento como objetor de conciencia.

El joven también adujo que no podía actuar en contra de sus "principios más arraigados" y su "ideología constitucionalmente protegida", puesto que piensa que "incorporarse a filas supondría colaborar con la propagación de todos sus contravalores".

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