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Interior prevé reunir a la Comisión de Videovigilancia antes de las elecciones

El Departamento de Interior ha remitido a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia y a la UPV una carta para que comuniquen los representantes que han designado para participar en la Comisión de Videovigilancia y Libertades. Este órgano, que contará con siete miembros y estará presidido por el presidente del máximo tribunal vasco, Manuel María Zorrilla, controlará a partir de octubre el uso de las grabaciones policiales. El rector de la UPV, Pello Salaburu, ha nombrado para la comisión al profesor Alberto López Basaguren.

El decreto aprobado el pasado 21 de julio por el Gobierno vasco prevé que el Departamento de Interior nombre a tres representantes -procedentes de la Viceconsejería de Seguridad-, mientras que el fiscal jefe del Tribunal Superior debe designar a una persona y el rector de la Universidad del País Vasco, a un profesional del mundo del Derecho de reconocido prestigio que no esté vinculado a la Administración. Salaburu nombró ayer al profesor titular de Derecho Constitucional de la UPV Alberto López Basaguren. Los otros dos miembros de la comisión son su presidente, el máximo representante del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Manuel María Zorrilla, y un técnico de Interior que actuará como secretario, aunque sin derecho a voto. El presidente tendrá voto de calidad en las deliberaciones. Esta comisión consultiva, que el Departamento de Interior prevé reunir por vez primera antes de las elecciones, deberá autorizar la instalación de las videocámaras fijas, aunque la Viceconsejería de Seguridad tendrá la última palabra en la instalación de este tipo de dispositivos. Interior deberá informar a la opinión pública "de manera clara y permanente de la existencia de videocámaras fijas, sin especificar su emplazamiento". La Ertzaintza podrá también utilizar instalaciones fijas de videocámaras, públicas o privadas, cuando proceda por colaboración y auxilio impuestos por la legislación sobre seguridad ciudadana. El decreto de Interior desarrolla la Ley Orgánica de Videovigilancia aprobada en agosto de 1997 por el Gobierno central. La Disposición Adicional Primera de esta norma ya preveía que las comunidades autónomas con competencias en esta materia podían regular y autorizar la utilización de videocámaras por sus fuerzas policiales, la custodia de las grabaciones, así como la responsabilidad sobre su utilización, acceso y destrucción. El objetivo genérico del decreto es "contribuir a asegurar la convivencia ciudadana y el uso pacífico de vías y espacios públicos, erradicar la violencia y prevenir la comisión de delitos, faltas e infracciones relacionadas con la seguridad pública". El viceconsejero de Seguridad es el encargado de resolver sobre las peticiones de acceso o cancelación de las grabaciones. Las grabaciones serán destruidas en el plazo máximo de un mes, salvo que estén relacionadas con causas penales o infracciones administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública.

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