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El Superior admite el derecho de una tránsfuga a formar grupo

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha fallado a favor de la edil de Tres Cantos María Eugenia Pulgar para que pueda constituirse en grupo mixto. Pulgar permaneció un año y un mes no adscrita a ningún grupo político al impedírselo un acuerdo plenario municipal de noviembre de 1996. Para evitar la formación del grupo, aunque no se la negaron expresamente, el equipo de gobierno alegó entonces, entre otras cosas, que un solo edil no podía formarlo y que de bía esperar a que el Ayuntamiento regulase su constitución.Uno de los argumentos en los que se basa el TSJM es que toda actuación corporativa de los concejales se encauza a través de los grupos políticos municipales, y cualquier edil que no esté integrado en ninguno de ellos verá limitada su participación en las tareas municipales, algo que vulnera la Constitución.

La edil interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el citado acuerdo del pleno, y el Tribunal Superior entiende ahora que "vulnera el derecho fundamental recogido en el artículo 23.2 de la Constitución Española", que proclama el acceso a la función pública en igualdad de condiciones. Además, añade que, al no haber elaborado inmediatamente el Consistorio un reglamento para la creación del grupo mixto, y no haber fijado plazo alguno para ello, "material, lisa y llanamente se le denegó la creación del grupo y, en consecuencia, se produjo el quebrantamiento constitucional".

María Eugenia Pulgar, edil de Tres Cantos Unido hasta octubre de 1996, se mostró muy satisfecha por este fallo judicial. El equipo de gobierno ha anunciado que presentará un recurso de casación contra la sentencia.

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