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El Supremo justifica la investigación sobre Conde y que se utilicen fondos reservados para pagarla

El Tribunal Supremo archivó ayer el caso Crillón, en un auto en el que justifica que el Gobierno encargara un informe sobre las actividades financieras de Mario Conde, ex presidente de Banesto, y que el pago de esta investigación, el denominado informe Crillón, se hubiese realizado, en su caso, con fondos reservados. En una resolución en la que archiva la denuncia de Luis Roldán contra Narcís Serra y Julián García Vargas, el Supremo aprueba el eventual empleo de estos fondos para investigar posibles, irregularidades de Conde, ya que éstas podrían provocar graves riesgos, en el sistema financiero nacional y afectar a los intereses públicos colectivos conectados con la seguridad general.

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Tras cuatro meses de investigaciones, el Supremo no ha encontrado delito alguno y ha exculpado al ex vicepresidente y al ex ministro de Defensa de la denuncia formulada ante Baltasar Garzón por el ex director de la Guardia Civil. En el auto no se afirma expresamente que el informe fuera encargado por el Gobierno.El tribunal respalda la labor del juez instructor, Eduardo Moner, y confirma que, aunque el pago de la investigación sobre Conde, encargada en enero de 1992, se haya hecho con fondos reservados, "no debe reputarse que se hiciera un uso indebido de los mismos".

El auto, del que ha sido ponente el magistrado José Antonio Martín Pallín, se remite a la ley de 11 de mayo de 1995, que regula el control de los gastos reservados, según la cual dichos fondos están destinados a la defensa y seguridad del Estado. Esto "permite encajar las conductas que estamos examinando en un amplio espectro de alternativas derivado de la normativa vigente".

Riesgos financieros

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"No nos encontramos", añade la sala, ante un supuesto de aplicación a usos propios de los caudales públicos, sino ante el empleo de fondos para investigar las actividades del presidente de uno de los principales bancos de la nación, con objeto de conocer posibles, irregularidades en la gestión que podrían provocar graves riesgos en el sistema financiero nacional".

De ahí que el Supremo aprecie una cobertura legal en ese uso de los fondos reservados -67 millones, según la denuncia de Roldán- y que, consecuentemente, descarte la existencia de un delito de malversación.

La decisión de respaldar esta utilización de fondos reservados ha sido acordada por los magistrados José Augusto de Vega, José Antonio Martín Pallín y Ramón Montero. Los dos últimos participaron también en el auto que elaboró la doctrina de que el secreto de los fondos no puede impedir la investigación de los delitos.

Este mismo postulado es recordado por los magistrados antes de explicar que la línea de investigación seguida por Moner estuvo encaminada a comprobar si en la confección del informe se cometió algún acto ilícito enmarcado en el Código Penal. Sin embargo,en las actuaciones "no existe constancia de haberse utilizado procedimientos prohibidos", tales como intervenciones telefonistas o postales.

Los magistrados del Supremo también acreditan que no existen indicios racionales para estimar autor de los hechos ni a Serra ni a García Vargas. Los testigos que han declarado durante la instrucción no pudieron involucrar a Serra en la confección del informe, ya que sólo hacían referencia al propio Roldán. "Es por ello que no existen elementos suficientes para permitir identificar a los autores de la investigación llevada a cabo sobre las actividades de Conde", se añade.

Al decretar el archivo, los magistrados también han tenido en cuenta que el informe Crillon se refiere a actividades "públicas y financieras" desplegadas por Conde "sin entrar en datos relativos a su vida privada y sin caer en ataques a su honor y reputación".

Igualmente descartan los delitos de amenazas condicionales o chantaje a Conde, "al no haberse ejercido presión sobre la víctima, aterrorizándola o privándola de su tranquilidad, lo que evidentemente no aparece acreditado en diligencias".

Concretar las infracciones

Otra de las alternativas delictivas planteadas por la defensa de Conde, el impedimento del ejercicio de derechos cívicos, tampoco es considerada por el Supremo: "Repasando la actuaciones no sé encuentran da tos que permitan afirmar que nos encontramos ante un su puesto abstracto de vulnera ción de derechos fundamenta les de la persona, ya que en todo caso sería necesario con cretar el derecho cívico conculcado".

Roldán declaró el 19 de abril de este año ante Moner que Serra le facilitó dinero procedente de los fondos reservados del Ministerio de Defensa para pagar el informe Crillon. En la misma declaración, Roldán reconoció que, tras su fuga, hace más de un año, había enviado una carta al periódico El Mundo en la que acusaba a Serra de haber financiado este informe.

Esta acusación y la reacción de la Fiscalía elevando el caso al alto tribunal al aparecer nombres de aforados sirvió a El Mundo para sostener en un editorial que Serra estaba "a las puertas del Supremo".

En el editorial se decía:"Si [el fiscal] creyese que pagar con fondos público un informe sobre un ciudadano privado no tiene ninguna implicación de lictiva, suponemos que el fiscal se habría abstenido de adoptar tal iniciativa". "La iniciativa del fiscal coloca a Serra bajo sospecha, pero no sólo a él. Si el Supremo confirma que el vicepresidente utilizó el aparato del Estado para espiar a Conde, el affaire salpicará también a González".

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