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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Vera recusa

RAFAEL VERA se presentó ayer con la recusación de Garzón bajo el brazo a su primera y largamente esperada comparecencia ante el juez instructor del caso GAL. Y, de momento, ello le ha servido para aplazar unos días las diligencias judiciales previstas contra él y, previsiblemente, para escapar de la prisión preventiva, un destino que por los antecedentes del caso parecía estar escrito, si no en las estrellas, sí en la voluntad del juez Garzón.De todos los implicados en el sumario de los GAL, el antiguo secretario de Estado para la Seguridad es el que dispone de más argumentos para intentar acogerse a alguno de los motivos legales de recusación en virtud de una. posible colusión de intereses sobrevenida en el sumario por la anterior permanencia de Garzón en el Ministerio del Interior como secretario de Estado para el Plan Nacional sobre la Droga. Y no hay por qué escandalizarse, como algunos han hecho hipócritamente, de que Vera los utilice en su defensa de acuerdo con la ley.

Vera estima que el tiempo que coincidió con Garzón en Interior -aproximadamente tres semanas a principios de 1994-, y especialmente los anteriores y públicos intentos de este ' último de asumir como delegado del Plan Nacional sobre la Droga competencias policiales que correspondían a la Secretaría de Estado para la Seguridad, podría haber dejado algún poso de animadversión contra él en el ánimo de quien ahora instruye el sumario de. los GAL. Podrá pensarse -y algunos se han apresurado a manifestarlo públicamente- que todo ello es una "maniobra dilatoria" o incluso una "farsa teatral". Pues aunque así fuera, ello no restaría un ápice al derecho que le asiste a Vera, como a cualquier otro implicado en iguales circunstancias, de exigir que el juez que ' puede meterle en la cárcel o tomar graves decisiones sobre su situación procesal sea imparcial, además de independiente.

La recusación es un arma que la ley pone en manos del justiciable, y nadie desde fuera del proceso está legitimado para poner en cuestión su uso y menos aún para arrebatarle ese medio de defensa. El funcionamiento del sistema judicial no sólo debe ser objetivamente imparcial e independiente; debe procurar también despejar cualquier duda que pueda existir al respecto en el ánimo de quien está sometido a sus decisiones.

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Desde esta perspectiva no es tan descabellado, aunque esa posibilidad no esté legalmente contemplada, que Vera haya recusado también al juez Carlos Bueren, al que, de acuerdo con la, ley, le corresponde resolver el incidente de recusación contra Garzón. El hecho es sin duda insólito. A nadie hasta ahora se le había ocurrido apelar a la posible amistad de este magistrado con el juez recusado para plantear a su vez la recusación de aquél. Pero de todos los motivos legales de recusación, los de "arnistad íntima" y "enemistad manifiesta" son los más abiertos e indeterminados. Y el Tribunal Constitucional se ha pronunciado por una interpretación lo más amplia posible de los mismos. Se trataría de evitar que hechos ajenos a los normales y propios del proceso puedan arrojar dudas sobre la imparcialidad de los jueces y alimentar la sospecha de que su actuación no será todo lo correcta que debe ser.

Ésa es la cuestión que Vera plantea ` El proceso de los GAL debe llegar hasta el fin. Pero es funda mental que cualquier cuestión o duda que: se plan tee en relación con su procedimiento se resuelva como corresponde en derecho, para evitar que más adelante pueda servir de pretexto para anular todo lo actuado.

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