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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Parejas libres e iguales

LAS RELACIONES libres y estables de pareja sin bendición religiosa o civil, sean del sexo que sean, no sólo son merecedoras -¡faltaría más!- de un trato no discriminatorio en la práctica social, sino tambien en el plano jurídico y legal. Con su decisión de crear un registro municipal de uniones de hecho, tanto heterosexuales como homosexuales, el Ayuntamiento de Vitoria ha dado un paso más que testimonial en la consecución de este objetivo plenamente constitucional.El registro, lógicamente condicionado por las limitaciones de la legalidad ordinaria vigente, puede tener unos efectos nada desdeñables en la vida real de las parejas de hecho: tendrá validez de prueba en procesos judiciales y facilitará el amparo de sus derechos en los supuestos de herencia, cobro de pensiones e indemnizaciones y subrogación de arrendamientos, entre otros. Pero, más allá de sus efectos prácticos, tal decisión tiene una indudable carga política y simbólica en un momento en que la igualdad jurídica de las parejas homosexuales, explícitamente recomendada por el Parlamento Europeo, ha merecido el más fuerte de los anatemas por parte del Vaticano.

En el entorno español, la decisión de la alcaldía de Vitoria no puede ser más, oportuna. El Tribunal Constitucional acaba de dar un paso atrás en el reconocimiento de la equiparación legal a todos los efectos entre las parejas de hecho y derecho, al denegar el amparo a una mujer que reclama la pensión de viudedad tras el fallecimiento del hombre con el que había convivido maritalmente durante 55 años sin formalizar su relación. De ahí el valor que tiene que el Ayuntamiento de Vitoria se haya convertido en adelantado de uno de los mandatos más directos que la Constitución española impone a los poderes públicos: crear las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas.

Pero, indudablemente, la tarea de hacer iguales ante la ley y la realidad a las parejas de hecho y de derecho excede de la función de los tribunales e incluso de la capacidad del poder municipal. Corresponde al legislador llevarla a cabo. En ese sentido, los titulares de Justicia y de Asuntos Sociales han situado el problema donde corresponde: en la reforma del Código Civil y en la creación de mecanismos normativos que posibiliten que "la protección social, económica y jurídica de la familia" sea básicamente la misma en unas y otras formas de unión convivencial.

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Y ello a partir del supuesto incontestable de que la Constitución, además del derecho a contraer matrimonio , reconoce también el del libre desarrollo de la personalidad del individuo, que en ningún caso puede suponer una merma de derechos en la vida real. Esto sucedería si las más de 150.000 parejas de hecho existentes en España, que por unas u otras razones han optado por una relación personal distinta a la matrimonial, pero análoga en cuanto a convivencia, afectividad y solidaridad, se ven privadas de los beneficios que las leyes otorgan al matrimonio.

La alcaldía de Vitoria ha puesto una primera piedra en el edificio todavía por terminar de la plena equiparación jurídica de las diversas relaciones de pareja. Corresponde ahora a otras instituciones, y sobre todo al Parlamento, acabar con cualquier atisbo de discriminación legal que impida que la Constitución sólo pueda ser invocada en vano en un terreno que afecta de manera muy directa a la dignidad y a los derechos más íntimos de las personas.

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