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La repetición del juicio de Tous retrasará otros dos años las indemnizaciones

La anulación de la vista oral del caso Tous, decidida por el Tribunal Supremo en respuesta a un recurso de una de las defensas, puede suponer un nuevo retraso de dos o tres años en el cobro de casi 10.000 millones de pesetas de indemnización por parte de 4.500 afectados. La resolución del alto tribunal será hecha pública hoy y, según informó la agencia Efe citando. fuentes del Supremo, ordenará repetir el juicio por el derrumbamiento de la presa de Tous en 1982, que afectó a 25.000 personas, por existir una irregularidad en la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia.

La noticia ha generado un gran malestar entre los afectados de la comarca valenciana de La Ribera, que llevan más de 10 años esperando las indemnizaciones y que pensaban que ya se acercaba el final del proceso cuando, en octubre de 1990, la Audiencia de Valencia condenó a dos ingenieros del Ministerio de Obras Públicas a un año de prisión cada uno, como responsables de la rotura de la presa. La sentencia consideró culpables a estos ingenieros de un delito de imprudencia temeraria que provocó ocho muertes y cuantiosos daños.El abogado que interpuso el recurso ante el Supremo, Jesús Sancho-Tello, afirmó ayer no tener noticia alguna del Tribunal Supremo. "Me he enterado por los medios de comunicación", señaló. Sancho-Tello, defensor de su hermano Juan, uno de los condenados, afirmó que "habrá que conocer el auto para saber hasta qué punto hay que repetir las diligencias". "Repetir íntegramente el juicio sería lo meJor", aseguró.

Jesús Sancho-Tello explicó que con la anulación de las actuaciones, la solución del caso Tous "se puede retrasar dos o tres años, no se sabe". "Los damnificados tienen derecho a estar indignados [por la decisión del Supremo] pero ellos sabían que esto tenía que ocurrir", manifestó Sancho-Tello. "Yo lo anuncié durante el juicio. No es que podía ocurrir. Es que tenía que ocurrir. Los abogados de los damnificados lo sabían".

Las organizaciones de aféctados mantuvieron ayer un mutismo total. Xavier Sierra, presidente de Afiva (Asociación de Afectados por las Inundaciones de Valencia), no quiso hacer declaraciones y se remitió hoy a su gabinete jurídico, una vez se conozcan los términos concretos de la resolución del Tribunal Supremo.

Fuentes jurídicas próximas a los damnificados expresaron su incredulidad ante la posibilidad de que el Supremo anule el juicio, ya que el Tribunal Constitucional se pronunció en 1988 sobre los motivos de petición de: nulidad esgrimidos por Sancho-Tello y los denegó, al considerar que el procesado tendría un juicio justo.

El recurso de Sancho-Tello, entonces y ahora, se basa en el hecho de que en el tribunal que dictó sentencia en la Audiencia Provincial de Valencia estaba un magistrado que con anterioridad había firmado el procesamiento de dos inculpados, lo que es ilegal, según este letrado. La doctrina del Tribunal Constitucional sobre la posibilidad de que un juez que haya instruido una causa pueda juzgar el mismo asunto ha sido objeto, de debate y se ha perfilado en los últimos años a raíz de la denominada reforma Múgica.

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La rotura de la presa de Tous se produjo en octubre de 1982, a causa de los fuertes temporales que registró aquella comarca valenciana, y ocasionó nueve muertos y daños materiales cercanos a los 50.000 millones de pesetas. El desmoronamiento de la presa agravó las consecuencias del temporal y la inundación que asoló la comarca de La Ribera.

El 26 de octubre de 1990, la Audiencia Provincial de Valencia condenó a los ingenieros funcionarios del MOPU Juan Sancho Tello y Román Guerrero a un año de prisión a cada uno como responsables de un delito de imprudencia temeraria. El tribunal de Valencia declaró al Estado responsable civil subsidiario, por lo que le condenó a pagar cerca de 10.000 millones de pesetas a los perjudicados. La sentencia dejó sin indemnización a 15.566 de los 19.000 damnificados, que no ejercieron la acusación particular en el caso. Sólo los 4.500 afectados que se personaron en el caso a través de sus organizaciones consiguieron ver reconocido su derecho a recibir una compensación por los daños ocasionados por la rotura de la presa. José Luis Pérez Hernández, uno de los magistrados de la Sala que dictó esta sentencia, fue el juez que precisamente procesó a los funcionarios del MOPU condenados.

Desde que se conoció la sentencia de la Audiencia de Valencia, los damnificados han protagonizado movilizaciones y protestas para exigir el cobro de las indemnizaciones, que la Administración se ha negado repetidamente pagar mientras no haya una sentencia firme en el caso.

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