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Entrevista:

"El juez, árbitro entre la cárcel y el preso"

Manuela Cannena implica a la sociedad en la mejora de los permisos

Manuela Carmena, de 48 años, juez de vigilancia penitenciaria número 1 de Madrid, tiene claro el ineludible control judicial de los derechos de los reclusos y la necesidad de que la Administración -que concede la mayoría de los permisos- y los jueces -que autorizan algunos o resuelven las quejas de los internos contra su denegación- obren con el máximo asesoramiento y prudencia, así como que la sociedad se implique también en la resocialización de los delincuentes.Carmena defiende los permisos porque, dice, "sólo, se aprende a nadar nadando".

Pregunta. ¿Sería aceptable un órgano que hiciera de árbitro en los casos de discrepancia entre Administración y jueces?

Respuesta. Por supuesto que no. Es el juez el árbitro entre la decisión de la Administración penitenciaria y la protesta o recurso del preso.

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P. ¿El recurso del fiscal podría suspender la decisión de un juez sobre un permiso hasta que resolviera el tribunal superior?

R. Cuando un juez resuelve un recurso, ha tomado una decisión valorando las pruebas que ha ordenado realizar. El recurso del fiscal puede hoy día tener efecto suspensivo, si así lo acuerda el juez, pero normalmente no lo tiene, como la mayoría de las resoluciones judiciales.

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P. ¿Quién es más "generoso' para conceder permisos a reclusos: la Administración penitenciaria o los jueces de vigilancia?

R. Los jueces no concedemos permisos. Estimamos recursos por la no concesión y las estadís ticas demuestran que son muy pocos los que contradicen a la Administración.

P. ¿Quién se atiene más en su decisión a los criterios técnicos de los Equipos de Tratamiento? R. En muchas ocasiones, la Administración penitenciaria noatiende los informes del Equipo Técnico y son los jueces los que, en el recurso, estiman los criterios de los expertos.

P. ¿De quién son los presos y la responsabilidad sobre ellos?

R. Los presos no son de nadie; son de ellos mismos. Y, sin lugar a ninguna duda, el control de la pena privativa de libertad que sufren, el respeto y la garantía de sus derechos los han de proteger los jueces, pues nuestra Constitución así lo ordena.

P. ¿Por qué los psicópatas u otros enfermos mentales permanecen en las cárceles y no existen centros psiquiátricos adecuados?

R. Cada vez es más difícil hoy día precisar qué es un enfermo mental. Los psiquiatras no se ponen de acuerdo sobre la consideración que tienen en ese aspecto los psicópatas. De todas formas, lo que es evidente es que todos los trastornos de la personalidad de quienes han cometido delitos deben ser tratados exhaustivamente. Mediante medidas terapéuticas, se decidirá el tipo de vida -libertad, semilibertad con control ambulatorio, control terapéutico permanente o bien prisión con las condiciones adecuadas- que conviene para afrontar esos problemas.

P. ¿Qué mensaje se puede ofrecer a las víctimas de delitos cometidos por internos durante un permiso penitenciario?

R. No es momento para mensajes, sino para ofrecer solidaridad y ayuda. Más adelante, habrá que reflexionar sobre el porqué del fracaso, que no es otro que el del delincuente, que ha desaprovechado su oportunidad de normalizar su conducta.

P. ¿El permiso es un derecho del interno o una concesión para aligerar la vida de reclusión?

R. Es un derecho incuestionable, porque es la manera en que la ley establece la pena privativa de libertad, con pequeños intervalos de control con la sociedad para evitar que la prisión destruya más al individuo y le haga más cruel e insensible. Sólo se aprende a nadar nadando.

P. ¿Es posible vigilar la libertad de los presos de permiso?

R. Sí, sin duda, y, además de la policía, deben intervenir en esa tarea asociaciones civiles, ayuntamientos, órganos de la comunidad, centros oficiales de ayuda a la drogadicción, etcétera.

P. ¿Cuál es el balance de la labor de los jueces de vigilancia?

R. Positivo, aunque hace falta que se mejoren los medios personales y materiales y se dicten normas procesales pendientes desde hace 14 años.

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