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Los expertos insisten en que la 'ley Corcuera' sigue siendo inconstitucional

Las modificaciones introducidas por la Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados en los artículos más polémicos del proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana son rechazadas por constitucionalistas, magistrados y penalistas, que coinciden en que no puede confundirse la situación de libertad con la privación de ella y en que la ley no puede alterar el concepto de flagrancia.

El catedrático de Derecho Constitucional Miguel Ángel Aparicio manifiesta que si se detiene a un ciudadano "para evitar un delito o falta, tal detención exige todas las garantías". Respecto a la reforma del texto sobre entrada en domicilio sin autorización judicial, Aparicio estima que "se mantiene la misma situación, ya que el precepto modificado es una interpretación de lo que dice la Constitución, y el Tribunal Constitucional tiene vedado a la ley hacer preceptos interpretativos". Agrega que "el nuevo texto introduce mayor grado de excepcionalídad y, además, deja indefenso al policía, cuya seguridad jurídica disminuye".Ramón Rodríguez Arribas, presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), recuerda que el Tribunal Constitucional "no admite zona intermedia entre libertad y detención, por lo que si se produce esta última situación tiene que ser con todas las garantías, y el control judicial".

La referencia al conocimiento policial fundado, "no resuelve nada", opina el presidente de la APM, para quien "el concepto de flagrancia de la jurisprudencia y la doctrina, que exige observación directa por algún sentido, no se puede redefinir en una ley".

Luis Manglano, miembro del secretariado de Jueces para la Democracia, considera que "si por infringir la orden ministerial que obliga a llevar el carné de identidad bajo multa de 1.000 psetas, se admite la detención, se vulnera la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la privación de libertad".

En cuanto al conocimiento fundado, Manglano estima que "sigue siendo una invasión del poder judicial que la policía decida sobre si se da el conocimiento fundado".

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