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TRIBUNALES

Los masones deberán acudir a las Cortes si quieren recuperar su patrimonio incautado tras la guerra civil

Los masones sólo podrán recuperar el patrimonio que les fue incautado a raíz de la guerra civil española por medio de la aprobación de una ley, según estableció ayer la Audiencia Nacional al desestimar la demanda de la asociación masónica Grande Oriente Español. La sentencia recoge los argumentos del abogado del Estado, el ex ministro de la Presidencia de UCD José Manuel Otero Novas, y propone una solución similar a la adoptada con las organizaciones sindicales. La audiencia declara que la masonería española no tiene derecho legal a que le devuelvan sus bienes, y ese derecho no lo van a obtener ante los tribunales.

La petición de la organización masónica el Grande Oriente Español (GOE) se centraba en la devolución de inmuebles, archivos y otras pertenencias, con un valor estimado en unos 10.000 millones de pesetas y que le fueron incautados en marzo de 1940 con la promulgación de la ley de Represión de la Masonería y el Comunismo. El GOE pretendía recuperar cinco de estos bienes patrimoniales mediante escrituras y documentación aportados al sumario.Entre las fincas reclamadas figura la situada en el número 100 de la calle Hermosilla, de Madrid, de 786 metros cuadrados, y que podría valorarse en alrededor de 8.000 millones de pesetas. Esta finca, en la que estaba enclavado el templo de la orden antes de la guerra civil, está ocupada en la actualidad por viviendas construidas para funcionarios.

Afectados

Además de este solar, los masones reclaman un local en Santa Cruz de Tenerife, otro en Santa Cruz de la Palma, y otros dos en la localidad gaditana de La Línea de la Concepción, que fueron templos de las logias Azaña y Minerva, y en uno de los cuales está ahora la sede de la Cruz Roja.El abogado de la organización, Jordi Trías, alegó que las leyes de represión de la masonería y el comunismo, de 1939 y 1940, por las que los masones fueron despojados de su patrimonio, devinieron inconstitucionales a partir de la fecha de entrada en vigor de la Constitución y que, por tanto, también eran nulos sus efectos, lo que, en su opinión, legitimaba una indemnización por los bienes incautados.

La sentencia precisa que la Constitución impide aplicar preceptos antiguos a situaciones nuevas, cuando tales preceptos incurren en inconstitucionalidad sobrevenida. En consecuencia, considera no aplicables las leyes franquistas de represión de la masonería con posterioridad a 1978, pero no posibilita medidas reparadoras para los afectados por aquellas leyes. "Igual medida que se adoptó con las logias masónicas", argumenta el texto judicial, "se acordó con partidos políticos y sindicatos, y ha hecho falta promulgar la ley 4/86 para reconocer la devolución del patrimonio sindical.

Lo mismo se intentó para partidos y asociaciones políticas el 3 de diciembre de 1986 mediante una proposición de ley del grupo vasco, y fue rechazado, claro exponente de la voluntad del legislador sobre los bienes incautados".

"La única vía", agrega la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, "que resta a los interesados será la de conseguir que el Parlamento adopte el acuerdo de tramitar un nuevo proyecto de ley, bien a iniciativa de los grupos parlamentarios, bien mediante el derecho de petición reconocido en el artículo 29 de la Constitución".

El tribunal no ha entrado en la polémica sobre si el Grande Oriente Español es el legítimo heredero de la masonería española, como le discuten otras sociedades masónicas. La Audiencia nacional declara ajustada a derecho la desestimación presunta por silencio administrativo que la Administración hizo respecto a la reclamación patrimonial. El Gran Oriente Español pedía, dadas las dificultades para concretar porque los archivos les fueron incautados, un solar de 675 metros cuadrados en el centro de Madrid y seis edificios de logias masónicas de las islas Canarias y Cádiz, además de los archivos, joyas y objetos rituales o su valor cuando hayan desaparecido o pasado a terceras personas.

"No mendigaremos"

Francisco José Alonso Rodríguez, gran maestre grado 33 del Grande Oriente Español, al conocer la sentencia, anunció su intención de recurrir la decisión."Estamos en Europa", dijo, "y llegaremos si es necesario ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, donde ya han fallado en contra de sentencias dictadas por los tribunales españoles". El dirigente masón, que consiguió el acta de diputado en el Parlamento regional de Castilla-León (desde 1982 a 1986) en representación del Partido Nacionalista de Castilla-León (Pancal), rechazó la posibilidad de solicitar una ley. "No somos políticos ni religiosos", afirmó, "y no vamos a mendigar ante ningún partido político para que nos devuelvan lo que es nuestro. La solución la tiene que dar el Gobierno español, como ya ocurrió en Portugal o en Francia".

Contra la sentencia de la Audiencia Nacional cabe la interposición de recurso. El abogado Jorge Trías anunció ayer su propósito de recurrir primero en apelación ante la misma sala de la Audiencia Nacional y, en su caso, al Tribunal Supremo.

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