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El municipio reclama gestionar la herencia dejada por una anciana "a los pobres"

El Ayuntamiento madrileño pedirá que se promueva un juicio universal de adjudicación de los bienes de Luisa Bermúdez Catalá, muerta en diciembre de 1985 y autora de un testamento ológrafo en el que dejaba sus posesiones "a los pobres". La decisión fue tomada por el pleno del Ayuntamiento el pasado viernes, a la vista de que la fallecida no dejó albaceas y la ley fija que en ese caso los bienes sean distribuidos por el párroco, el alcalde y el juez municipal.

La anciana fallecida dejó una vivienda de su propiedad, en la calle de Santa Engracia a una amiga "mientras viva" y unos 117.000 metros cuadrados de fincas en Zaragoza.Luisa Bermúdez, de 79 años, soltera, nacida en Barcelona, hija de Manuel y Luisa, falleció a las cuatro de la mañana del 27 de diciembre de 1985 de una hemorragia cerebral hipertensiva, y fue enterrada en el cementerio de San Isidro.

La mujer, que no tenía hermanos, ascendientes ni descendientes, dejó, sin embargo, un testamento manuscrito en el que textualmente se decía: "Quiero que mis bienes sean para los pobres y el piso para Carmen mientras viva, y lo de dentro de casa que haga ella lo que quiera o sea para las personas que se porten bien a última hora o para sus sobrinas si se portan bien". El testamento estaba fechado el 9 de enero de 1984.

La citada Carmen era María del Carmen Laleona, amiga de la fallecida, quien comenzó el papeleo para conseguir que se hiciera la última voluntad de la anciana. Así consiguió que en enero de 1987 el Juzgado de Primera Instancia número 13 dictara un auto por el que se ordenaba la protocolización del testamento. Otorgada la correspondiente escritura ante notario, Laleona siguió el papeleo y en noviembre de 1987 se dirigió al alcalde, Juan Barranco, y solicitó que el Ayuntamiento iniciara la tramitación correspondiente para hacer llegar a los pobres los bienes de la difunta.

Distribución de bienes

Según la ley, la calificación de los pobres y la distribución de los bienes deben ser realizadas por las personas que designe el testador, y en su defecto, por los albaceas. Si éstos tampoco existieran, como ocurre en este caso, el Código Civil indica que deberán ser el párroco, el alcalde y el juez municipal, constituidos en junta, los encargados de este cometido. En el caso de una ciudad como Madrid, la junta debería estar formada. por el alcalde, el arzobispo de Madrid-Alcalá y el juez decano de los de distrito de Madrid.

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Como primer paso para la constitución de esta junta, el pasado viernes la Corporación aprobó la moción de la alcaldía para promover el juicio universal de declaración de bienes.

Bermúdez dejó a su muerte, además del citado piso situado en el número 39 de la calle de Santa Engracia, unos 92.700 metros cuadrados de terreno en fincas rústicas en el término municipal de Villalengua, y unos 24.700 metros cuadrados en el de Moros, localidades ambas de Zaragoza.

Fuentes municipales manifestaron que los testamentos a favor de los pobres, sin indicar el tipo de procedimiento para distribuir los bienes, son muy escasos y hacía años que no se daban en Madrid.

Según estas fuentes, lo más probable es que la junta que se constituya venda los terrenos y entregue la cantidad a los pobres, bien a través de los servicios sociales o mediante alguno de los organismos que se ocupan de este sector de la población marginada.

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