_
_
_
_
_
Proyecto Presupuestos del Estado para 1989

El Gobierno opta por la continuidad fiscal para 1989 e introduce retoques en los impuestos

El último borrador del proyecto de ley de Presupuestos del Esta do para 1989 confirma que el Gobierno opta por la más estricta continuidad en materia fiscal, hasta el punto de descartar incluso la elevación del mínimo exento de declarar renta desde las actuales 840.000 pesetas hasta un millón de pesetas. Sólo las debidas alcohólicas, el tabaco, el juego, las tasas y el IVA de los abogados sufrirán mayores alzas que la inflación prevista para el año próximo, aunque el conjunto de los ingresos del Estado aumentará cerca del 17%, al igual que los gastos. En el proyecto de ley que estudió el Consejo de Ministros del pasado viernes -todavía pendiente de algunos retoques numéricos, determinados principal mente por la eventual revisión del objetivo oficial de aumento de los precios desde el 3% hasta el 3,5% o 4%- se repiten casi al pie de la letra la mayoría de las normas tributarías introducidas para 1988 o para ejercicios anteriores.Los únicos cambios recogidos por este borrador, fechado el 13 de septiembre, tienen signo alcista respecto a la normativa vigente para el presente año. Pero su impacto sobre el conjunto de la recaudación se estima también escaso. El incremento de los ingresos fiscales -cerca del 27% en los impuestos directos presupuestados para 1988 y el 12% en los indirectos o sobre el consumo- se confía principalmente al efecto combinado de la inflación y del crecimiento de rentas salariales y de beneficios, así como al margen de maniobra derivado de que en 1988 las recaudaciones volverán a superar las cifras presupuestadas.

Más información
Baja a la mitad la deducción por inversiones
La aportación estatal a los ayuntamientos se incrementará en un 27%
La inflación también será descontada de la fiscalidad sobre las herencias
Los permisos de trabajo para extranjeros pagarán a Hacienda

Deducción por vivienda

Igualmente, al comparar las normas contenidas en el proyecto de ley con los cambios estudiados durante los tres últimos meses, se llega a la conclusión de que el Ejecutivo se ha inclinado por frenar la recaudación fiscal lo mínimo posible. Así, aunque el texto mantiene las deducciones por vivienda en sus actuales términos, ha preferido no elevar a un millón de pesetas el mínimo exento de declarar.

Dentro de la misma línea de favorecer el aumento de los ingresos por la vía de mantener el vigente entramado tributario, las tarifas de los impuestos sobre la renta y sobre sucesiones y donaciones -al igual que el conjunto de las deducciones- ni siquiera llegan neutralizar los efectos re caudatorios de la inflación.

Así, en vez de corregir los tipos medios y marginales, el proyecto de tarifa para el impuesto sobre la renta se limita a elevar el 3% cada una de las 16 escalas de la base imponible, lo que arroja como resultado el cuadro adjunto, extraído del citado texto. Los tipos medios y marginales resultan ser los mismos que para 1988, aunque ahora aplicados a escalas que han sido multiplicadas por el 1,03. Si el Gobierno acepta alguna de las propuestas de revisar el objetivo de inflación del año próximo desde el 3% al 3,5% o 4% (véase EL PAÍS de ayer), dichos tramos serían multiplicadas por el 1,035 o por el 1,04, lo que alteraría las cuotas aplicables, pero no los tipos.

También las deducciones fijas proyectadas para el IRPF se limitan a subidas del 3%. Pero incluso la mayoría de los redondeos aplicados se realizan a favor de Hacienda. En la del matrimonio el contribuyente pierde por ese redondeo 17 pesetas y en la de cada hijo 28. Para la deducción variable que compensa parcialmente del efecto de acumulación de rentas, el límite se eleva estrictamente un 3%.

El proyecto mantiene todas las demás deducciones porcentuajes y el tope conjunto del 30% fijado en años anteriores respecto a la base imponible. En la del 10% por seguros de vida se reitera que "se exceptúan los contratos de seguro de capital diferido y mixto cuya duración sea inferior a 10 años". Para la vivienda, se vuelve a precisar que "los adquirentes con anterioridad a 1988 de viviendas con derecho a deducción del 17% en la cuota del impuesto lo mantendrán en 1989, al 15%, si se trata de viviendas habituales, y al 10% en los restantes casos". Además, aparece como nueva deducción el 10% de las cantidades donadas al comité organizador Olímpico Barcelona 1992 y al comité organizador Olímpico Barcelona 1992, SA.

En el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, la cuota tributaria será del 1 % de la base liquidable y se elevan las cantidades para la transmisión y rehabilitación de títulos de grandeza, que oscilarán entre 55.000 pesetas y 1,155 millones de pesetas.

En el impuesto sobre el valor añadido, pasan de tipo cero al 6% "las prestaciones de servicios realizadas en el ámbito de las respectivas profesiones por abogados, procuradores y graduados sociales en todo tipo de procesos ante los juzgados y tribunales a los que está atribuido el ejercicio de la potestad jurisccional".

Pero las principales subidas previstas, del 9% al 10%, afectan a los impuestos especiales. El impuesto sobre alcohol y bebidas derivadas pasa de 660 a 726 pesetas por litro o de 516 a 568, según los tipos. Para las cervezas, los incrementos oscilan entre el 9,11 % y el 9,87%. Para el tabaco, los puros y labores especiales mantienen sus tipos del 10% al 25%, el impuesto ad valórem sobre el tabaco negro -también paga IVA- sube del 41% al 43%, mientras que el de los cigarrillos rubios continúa la prevista aproximación al anterior desde el 33% fijado para 1988.

Las tasas se incrementan un 4%, aunque para el juego el nue vo tipo general alcanzará el 20%. Los casinos pasará a una tarifa que oscila entre el 35% y el 50%. Las máquinas recreativas y tragaperras sufrirán mayores elevaciones, con cuotas anuales que oscilarán entre 135.000 y 200.000 pesetas.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_