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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

La excepción es regla

A MEDIDA que avanza la tramitación parlamentaria de los proyectos de reforma del Código Penal y de la ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de terrorismo, se hace más evidente que la tan cacareada derogación de la legislación antiterrorista no va más allá de su vergonzoso camuflaje en la normativa ordinaria. No es de extrañar, por ello, que grupos de izquierda y nacionalistas se sientan burlados y acusen al Gobierno de romper el consenso sobre uno de los puntos -la desaparición de esa odiosa legislación de excepción- que configuraban el pacto antiterrorista. No sólo está resultando una broma legislativa de mal gusto la iniciativa del Gobierno en este asunto, como ha denunciado el diputado de Euskadiko Ezkerra, Juan María Bandrés. Es también una tomadura de pelo a todos los ciudadanos que creyeron al presidente del Gobierno cuando, durante el debate sobre el estado de la nación de marzo de 1987, anuncié que se derogaría la legislación antiterrorista. Por lo que se está viendo -y ya se deducía claramente del primitivo texto enviado por el Gobierno al Parlamento-, no sólo no hay derogación, sino que con la inclusión tal cual del paquete legal antiterrorista en la legislación ordinaria se facilitará aún más la comisión, a su amparo, de todo tipo de desmanes y desafueros.El inefable diputado Carlos Navarrete, portavoz socialista en la Comisión de Justicia e Interior del Congreso, ha afirmado que a su grupo no le preocupa la estética ni que se le descomponga la raya del pelo o la del pantalón cuando se trata de luchar contra el terrorismo. Pero el disparate legislativo, e incluso político, que está en trance de ejecutar el Gobierno y su partido trasciende de la estética y la cosmética para incidir de lleno en el campo de los derechos más elementales de la persona. Es ya más que dudoso que una legislación de carácter excepcional que la Constitución prevé para situaciones de emergencia, como es la del terrorismo, y sólo aplicable a determinadas personas, pueda incluirse sin más en leyes ordinarias que afectan al común de los ciudadanos. No es seguro que con ello se vaya a mejorar ni un ápice la eficacia de la represión contra el terrorismo. Más bien lo que puede ocurrir es que esta extraña mezcla legal, convenientemente difuminada en los códigos comunes, se convierta, en manos de la policía, en arma tentadora de la que echar mano a su antojo para someter a cualquier ciudadano a tratamientos de excepción. No es hablar por hablar. La historia de la legislación especial antiterrorista está repleta de irregularidades, de aplicaciones indebidas e incluso de crímenes, como el de El Nani, cometidos a su amparo. Su perpetuación ahora como ley ordinaria no contribuye a que desaparezca este peligro, sino que lo aumenta considerablemente.

Pero hay algo más. Desde siempre se ha dicho, y así se ha mantenido también oficialmente, que el terrorismo es un fenómeno marginal y como tal debía ser tratado. Pues bien, no hay contradicción más patente con esta filosofía que la de otorgar al terrorismo, a través de un tratamiento penal incrustado en las leyes ordinarias, la aureola de fenómeno normal y permanente. Ello supone dar marcha atrás en el camino iniciado con la no renovación, en enero de 1987, de seis artículos de la vigente ley antiterrorista y que pareció consolidarse con la posterior promesa del Gobierno de proceder a su derogación. Pero se ha visto claramente que no ha habido tal cambio de actitud. Todo lo contrario. Ahora, las escuchas telefónicas, el control de la correspondencia y el registro domiciliario por decisión policial dejan de ser medidas de emergencia o, si continúan siéndolo, lo pueden ser en cualquier circunstancia y para cualquier ciudadano. Es decir, se incurre en el grave riesgo, para un Estado de derecho, de convertir la excepción en regla.

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