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La mayoría de la comisión que coordinará la Policía Judicial depende del Gobierno

El decreto sobre regulación de la Policía Judicial, que ayer fue publicado en el Boletín Oficial del Estado y hoy entra en vigor, crea comisiones mixtas de los poderes ejecutivo y judicial "con el fin de armonizar y lograr la unidad de dirección en las fuerzas policiales adscritas a la investigación criminal". Cuatro de los siete miembros, de la comisión nacional dependen del Ejecutivo. Sectores judiciales progresistas consideran que estos órganos -de hegemonía gubernamental tanto a nivel nacional como provincial- implican a los jueces en tareas de dirección política en materia penal y de orden público ajenas a la función jurisdiccional y afectan a las competencias del juez, que requieren ley orgánica.

Desde tales sectores se afirma que subsisten las objeciones formuladas por la Junta de Jueces de Madrid al proyecto de decreto, e incluso se incrementan. En aquel documento se denunciaba: "se aprovecha una norma administrativa, de rango inferior al de la ley, para organizar unas comisiones de coordinación de la Policía Judicial, que sirvan, a la vez para dirimir posibles conflictos entre la autoridad judicial o fiscal y la Policía Judicial".Estos sectores judiciales señalan que en la definitiva composición de la comisión nacional de coordinación existe mayoría gubernamental, ya que cuatro de sus siete miembros dependen del Ejecutiva los ministros de Justicia y de Interior, el secretario, de Estado para la Seguridad y el fiscal general del Estado. Los otros tres son el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), un vocal del Consejo y un magistrado nombrado por el CGPJ.

A nivel provincial, se reproduce la mayoría gubernamental. Las comisiones provinciales de coordinación de la Policía Judicial contarán con cinco miembros, de los que tres dependen del Ejecutivo, dos de ellos a través de Interior y el otro a través de Justicia. Los otros dos son el presidente de la Audiencia Provincial y el magistrado juez decano de los juzgados de Primera Instancia e Instrucción de la provincia.

Según la Junta de Jueces de Madrid "estas comisiones constituyen una desviación de los principios constitucionales determinantes del papel que corresponde a los juzgados y tribunales, al ministerio fiscal y a la policía". En su opinión, tales comisiones "implican a aquellos en una tarea de dirección política, en menoscabo del principio constitucional de exclusividad jurisdiccional".

Particular preocupación suscita en los sectores indicados la intervención de la comisión nacional "para resolver eventuales incidencias que dificulten el adecuado funcionamiento de la Policía Judicial o cualesquiera otras que puedan surgir en las relaciones entre la autoridad judicial o fiscal y la Policía Judicial". Aunque el decreto dice que dicha intervención se hará "con estricto respeto al principio de independencia judicial", la composición de la comisión abre sospechas sobre la interpretación que la mayoría de la misma hará de tales conceptos.

Por lo que se refiere a las comisiones provinciales, el texto definitivo del decreto refuerza el predominio de Interior sobre las mismas, al menos en los casos de adscripción a una concreta investigación de funcionarios integrados en la correspondiente unidad. Mientras que en el proyecto de decreto preveía que en tales casos el responsable de la unidad sometiera la decisión a la comisión provincial, en el texto final se establece que "en caso de discrepancia, resolverá el jefe de la correspondiente unidad orgánica, previo informe de la comisión provincial...".

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En cuanto al rango de mero decreto para la regulación de materias que, según dichos sectores judiciales, son propias de ley orgánica, fuentes del Ministerio de Justicia señalaron que el Consejo de Estado expresó su "conformidad global" al proyecto. No obstante, el informe del alto órgano consultivo justifica las diferencias de criterio sobre la nueva regulación de la Policía Judicial.

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