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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

'Nene e inútil'

En EL PAÍS del pasado día 15 de diciembre, en la página 17, junto a un artículo sobre Santa Bárbara, publican una columna, titulada Nene e inútil, donde se me alude con mi nombre y apellidos.A su vista, estimo de necesidad y derecho la publicación de esta carta, en mi pretensión de la debida aclaración del asunto.

Con este fin, me permito formularle:

Primero. Es cierto el incidente y cierta la narración; pero, al ser ésta, una copia parcial de la carta de despido, obviamente no puede ser fiel reflejo de lo sucedido ni en matiz ni forma.

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Deseo dejar sentado que soy totalmente ajeno a la misma y que su publicación se hizo sin mi conocimiento ni autorización.

Al producirse el incidente intenté alcanzar con la empresa un arreglo civilizado y amistoso, con el fin de evitar su publicidad. que no podría aportar beneficio alguno a nadie, en mi estimación de que los asuntos personales. como el de este lamentable caso. deben quedar siempre en el ámbito de la empresa.

Para alcanzar este deseo, en carta certificada número 147, de fecha 7 de junio de 1985, daba cuenta detallada de lo sucedido al entonces presidente, señor Hernández Gallardo, y le solicitaba una audiencia en un intento de lograr algo que nos pudiera conducir a un final feliz.

Lamentablemente, el señor Hernández, evidenciando una total falta de cortesía para con mi persona y la menor consideración para con un trabajador de la empresa que presidía, no se dignó la menor contestación.

Más de mes y medio después, el día 19 de julio, recibí una carta de despido fechada el 17 del mismo mes. Curiosamente, en esa fecha, el señor Hernández Gallardo había sido cesado como presidente por Real Decreto 1142/1985, publicado el viernes día 12 del citado mes de julio en el BOE, y nombrado otro en su lugar.

Al no prosperar en mi intento de arreglo estimé de derecho hacer uso de los que concede el Estatuto de los Trabajadores y recurrí ante la Magistratura de Trabajo de La Coruña.

Celebrado el juicio, la Magistratura dicta sentencia considerando el despido como procedente. En mi estimación de infracción de ley y doctrina legal formalicé recurso de casación ante la Sala Sexta del Supremo.

Esta sala del Supremo, en sentencia de 12 de julio de 1986, estima el recurso de casación, lo casa y anula la sentencia de la Magistratura de La Coruña, declarando el despido improcedente, condenando a la empresa a la opción de readmisión o indemnización, optando la empresa por la segunda.

Segundo. La referida columna de título Nene e inútil parece, así está indicado, ha narrado el incidente como ejemplo de la tensión existente entre este colectivo de mandos militares y la empresa.

Esto no es afortunado ni ejemplo asistido del *menor realismo en mi caso, y no lo es por:

El incidente que se narra ocurrió entre dos jefes militares, comandante Barber y coronel Sánchez Duque. Así está reconocido en la sentencia del Supremo.

Señalo que en ningún caso se produjo entre mi persona el menor roce con empleados civiles de la empresa, superiores o inferiores jerárquicos.

Se produjeron algunos roces con el señor Barber, todos de índole profesional, y todos motivados por mi preceptiva rigurosidad en la interpretación y cumplimiento de unos deberes que me impuso la empresa y la normativa reglamentaria, que yo acepté voluntariamente en mi condición de jefe de seguridad de la fábrica de La Coruña.

Tercero. Lo anterior es a efectos de que un incidente que en todo momento traté dentro del marco legal correspondiente quede aclarado y no pueda ser empleado como añadido como combustible a una situación interior de la empresa a la que soy totalmente ajeno y que no me corresponde definir ni enjuiciar, pues no pertenezco a la misma desde hace más de un año.

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