El fiscal pide penas que suman más de 10.000 años de cárcel para los ocho principales acusados en el sumario de la colza
JOSÉ YOLDI Eduardo Fungairiño, fiscal de la Audiencia Nacional encargado del sumario de la colza, ha solicitado penas que, sumadas, superan ampliamente los 10.000 años de prisión para cada uno de los procesados Juan Miguel y Fernando Bengoechea, Ramón y Elías Ferrero, Cándido Hernández Galán, Enrique Salomó, Ramón Alabart y Jorge Pich, por delitos contra la salud pública, 583 homicidios, lesiones y estafa. El fiscal destaca en su informe que la causa de las muertes y lesiones fue la ingestión de aceite de colza desnaturalizado con anilina, que, al haber sido refinado a alta temperatura, produjo la transformación de la anilina en anilida.
La totalidad de las penas pedidas por el fiscal para los ocho acusados citados, que oscilan entre los 10.000 y los 100.000 años de prisión, no se puede precisar con exactitud, debido al elevado número de lesionados (24.396) y a lo variado de las lesiones.El fiscal ha pedido penas superiores a los 60 años para los hermanos Tomás y Agustín Baviera por delitos similares. Esta pena tampoco puede determinarse exactamente por el mismo motivo y puede elevarse a más de 350 años. Para 17 de los acusados, el fiscal solicita penais que oscilan entre los cuatro meses y los 13 años de cárcel, en su mayor parte por delitos contra la salud pública, aunque también por estafa, falsificación de sellos y marcas, y delitos continuados de falsedad en documento mercantil para 12 de los procesados, petición que ya ha formulado en anteriores ocasiones.
Todos los acusados en el sumario de la colza se encuentran en libertad provisional, varios de ellos por haber cumplido el plazo máxi
mo de prisión preventiva que fija la ley. Dos de los -41 -procesados se encuentran en rebeldía.
Las indemnizaciones que pide el fiscal son de 15 millones por cada fallecido, y las de los lesionados oscilan entre 150.000 pesetas para los de menos de 15 días y 90 millones para los afectados sintomáticos con gran incapacidad. Para cada afectado de cualquier clase pide 30.000 pesetas de indemnización por día de lesión, según el informe médico-forense.
Estas indemnizaciones deberán ser satisfechas, según el fiscal, por 10 de los procesados, o por las empresas de su propiedad o gerencia, pero no del Estado. En su escrito de conclusiones, el fiscal pide la comparecencia en el juicio, cuya celebración se calcula para el próximo otoño, de 86 testigos y 36 peritos.
El relato de los hechos realizado por el fiscal señala que los hermanos Elengoechea realizaban importaciones de aceite de colza desnaturailizado para la industria siderúrgica. La desnaturalización se llevaba a cabo en Francia, generalmente con anilina, aunque en otras
ocasiones con azul de ceres, aceite de ricino o aceite de nafta. Los Bengoechea, que conocían que la empresa Raelca, de Alcorcón (Madrid), propiedad de los hermanos Ferrero y Cándido Hernández Galán, se dedicaba al envasado y comercialización de aceites para consumo humano, vendieron a la citada empresa durante los primeros meses de 1981 un total de 110.790 kilos de aceite de colza desnaturalizado. Los Ferrero y Hernández Galán "conocían perfectamente la procedencia del producto y su desnaturalización para uso exclusivamente industrial y habían examinado además el aceite, apercibiéndose de que por sus características de olor y color no podía ser de los que normalmente se embotellan para el consumo humano". No obstante lo adquirieron, a 75 pesetas el kilo.
Los contactos entre los Bengoechea y los Ferrero. fueron propiciados esencialmente por Jorge Pich, gerente de la empresa Jorpi Pich actuó como intermediario y reci
bió comisiones por las ventas que se efectuaron y conocía que se estaba produciendo una desviación de su ministro de aceite industrial hacia el consumo humano. En mayo de 1981 Pich solicitó de Ramón Ferrero una muestra del aceite envasado por Raelca después del refinado para cerciorarse de que no era de aspecto diferente al aceite normal de semillas. Ferrero le entregó la muestra y Pich la llevó a San Sebastián, para que Bengoechea comprobara que el aceite original, una vez refinado y mezclado con otros aceites, no presentaba apariencia distinta a la de cualquier aceite comestible.
Desvío al consumo humano
El 17 de junio de 1981, Pich, experto en aceites industriales, se reunió en Zaragoza con los Bengoechea, Salomó y Alabart para comunicarles el resultado de la eliminación de la anilina que desnaturalizaba el aceite, mediante refinado, por lo que se podría seguir utilizando el aceite industrial, de coste inferior, para el consumo humano.
El fiscal detalla las operaciones de venta de aceites y hace una relación pormenorizada de la intervención de los procesados, así como de los caminos seguidos por el aceite, a través de mayoristas, almacenistas, minoristas y vende dores ambulantes, hasta llegar a los consumidores. El fiscal hace una relación de los fallecidos y del aceite presuntamente causante de la muerte (la mayoría corresponde al aceite de Raelca, y cuatro al de Aguado el Prado.) Además de la identidad de la víctima figura también el lugar y la fecha del óbito.
También se relacionan los afectados y el aceite que consumieron, así como la intervención de los procesados en otros delitos como estafas o falsificación de marcas o de documentos. El fiscal, por último, explica la intervención de los 12 procesados para los que pide la absolución, por entender que su actuación no constituye delito.
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