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SANIDAD

Los derivados de la vitamina D y otros medicamentos sólo se venderán con receta

La vitamina D, los analgésicos narcóticos, los antidiabéticos, los hipotensores, los diuréticos y los antimicóticos figuran entre los medicamentos de obligada prescripción médica a partir del primero de enero de 1986, según consta en una orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado.Según esta nueva reglamentación los farmaceúticos deberán exigir receta médica para dispensar las fórmulas magistrales individualizadas, los medicamentos de administración por vía parenteral y los incluidos en una lista especial. La orden tiene tres anexos, con otras tantas relaciones de medicamentos que han de dispensarse obligatoriamente con receta, los que no la requieren y los que pueden quedar en uno u otro grupo a partir del próximo 16 de marzo según resuelva, en cada caso, la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.

Una disposición transitoria fija un plazo de tres meses para que los laboratorios propongan la exigencia o no de receta médica respecto a las especialidades farmacéuticas del tercer anexo, entre las que figuran agentes contra el acné y antiinfecciosos faríngeos.

Todos los medicamentos destinados al aparato cardiovascular necesitarán receta, con excepción de las preparaciones antivaricosas y antihemorroidales. Lo mismo ocurre con los relativos a la sangre y los órganos hematopoyéticos, salvo con los antianémicos.

Entre los medicamentos que podrán venderse sin receta figuran los estimulantes del apetito, los tónicos y reconstituyentes, laxantes, digestivos (incluídas las enzimas), anticonceptivos locales, antigripales (excluídos los antiinfecciosos), nutritivos generales, vitaminas (salvo derivados de vitamina D) y cicatrizantes (excepto apósitos medicamentosos).

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