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TRIBUNALES

La USP considera que el Gobierno no persigue con rigor la tortura en la disciplina policial

La Unión Sindical de Policías (USP) ha solicitado a la Sala Tercera del Tribunal Supremo que anule el acuerdo del Consejo de Ministros que aprobó, el 11 de julio de este año, el real decreto sobre Régimen Disciplinario del Cuerpo Superior de Policía, por entender que viola la Constitución, ya que en el mismo no se tipifica la tortura como falta disciplinaria muy grave y presupone que dichas conductas no tienen el carácter doloso (intencionado). En el citado real decreto las faltas muy graves son las únicas que pueden acarrear la separación del servicio, pero la tortura sólo puede ser sancionada con suspensión de funciones.

El recurso ha sido planteado ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo debido a que afecta al ejercicio de los derechos comprendidos en la Ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona.Según el recurso, presentado por la abogada Paquita Cobos, el real decreto vulnera los artículos 15, 20 y 28 de la Constitución.

El Régimen Disciplinario del Cuerpo Superior de Policía aprobado considera sólo como falta grave el "actuar con notorio abuso de sus atribuciones causando daño a los particulares, así como el empleo injustificado o desmedido de la violencia física o moral" y "la práctica de tratos denigrantes o vejatorios a las personas detenidas que se encuentran bajo custodia".

Como la misma norma legal señala que cualquier conducta dolosa (intencionada) tiene la consideración de falta muy grave, las prácticas citadas, según la USP, están consideradas como delitos culposos o negligentes, en lugar de dolosos.

Estas conductas que suponen una violación de los derechos consagrados en el artículo 15 de la Constitución como son el derecho a la vida, a la integridad física y moral, o la prohibición del sometimiento a tortura, penas o tratos inhumanos o degradantes, no guardan, según la USP la debida proporción en su gradación como falta.

Libertad de expresión

El citado sindicato policial estima que el decreto de régimen disciplinario viola el principio, amparado por la Constitución, de libertad de expresión ya que estipula como falta grave "la realización de actos o formalización de declaraciones por parte del funcionario que ostentando la representación sindical suponga extralimitación del ejercicio de tal condición y vulnere sus deberes como funcionario".La USP, sindicato minoritario en relación con el Sindicato Profesional de Policía, señala que esto, además de una limitación en el derecho a la libertad de expresión, afecta gravemente al derecho constitucional de libertad sindical, en lo que hace referencia al derecho que asiste a todos los individuos que forman parte de los sindicatos para realizar las funciones propias de tal asociación.

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